Ediciones
Resultados
Síguenos en
Hola
HACIENDA

Estos son los españoles con ‘signos evidentes de riqueza’ que Hacienda vigilará de cerca en 2025: todas las actividades que mirará con lupa

La Agencia Tributaria intensiticará en 2025 su vigilancia sobre personas físicas que muestran signos de riqueza incompatibles con las rentas y patrimonios que declaran oficialmente.

Una persona hace la declaración de la renta en un ordenador, a 3 de abril de 2024, en Madrid (España). La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arranca hoy con la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde esta semana los contribuyentes pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales. Este año el Gobierno ha puesto en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales. La campaña se extenderá hasta el 1 de julio de 2024.
03 ABRIL 2024;MADRID;PRESENTACIÓN DECLARACIÓN DE LA RENTA;2023;CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO
Eduardo Parra / Europa Press
03/04/2024
Eduardo Parra | Europa Press
Actualizado a

La Agencia Tributaria ha anunciado que va a intensificar en 2025 su vigilancia sobre personas físicas que muestran signos de riqueza incompatibles con las rentas y patrimonios que declaran oficialmente. Este control, publicado en el BOE el pasado lunes, es parte de las directrices generales del Plan de Control Tributario 2025.

Dicho plan busca reforzar la inspección sobre contribuyentes que mantienen un nivel de vida superior a sus ingresos declarados. Según el comunicado de Hacienda, dentro de este enfoque, “el área de Inspección de la Agencia Tributaria incluye una línea específica de actuación para aquellos contribuyentes personas físicas que, a diferencia de los patrimonios relevantes más convencionales, mantienen una fuerte asimetría entre el nivel de vida real y el que figura en las declaraciones tributarias”.

Los contribuyentes viligados por Hacienda

Las actuaciones coordinadas en 2025 incidirán, entre otros, en aquellos contribuyentes que:

− No admitan pagos con medios bancarios o realicen un uso intensivo de efectivo, con especial atención en el empleo de efectivo por encima de los límites establecidos por la normativa.

− Utilicen fundamentalmente medios de pago radicados en el extranjero que eviten las obligaciones de suministro de información a la Agencia Tributaria.

− Ostenten signos externos de riqueza, patrimonio, rentabilidad, etc., que sean incoherentes respecto de las rentas declaradas.

− Declaren una evolución anómala del importe de sus existencias respecto de su actividad declarada, lo que supone un indicio de la posible existencia de ventas ocultas.

− Presenten rentabilidades incompatibles con la naturaleza de su actividad o con los datos disponibles al respecto, o que declaren pérdidas de modo continuo, incompatibles con la lógica económica de cualquier proyecto económico.

− Puedan utilizar herramientas informáticas (software de doble uso) susceptibles de ser utilizadas para ocultar ventas.

Las actividades que llaman la atención de Hacienda

Se trata de supuestos muy específicos, en los cuales el contribuyente mantiene un estándar de vida que no se compadece en absoluto con las rentas declaradas o el patrimonio conocido. Para ello, estas personas se valen de la utilización abusiva de sociedades instrumentales para desviar gastos personales, situar en ellas activos para su uso personal, simular arrendamientos de bienes y servicios, o encubrir rentas a través de préstamos ficticios.

Empresas, autónomos y pagos con tarjeta

En estos casos, el control de la Agencia Tributaria se centrará, entre otros aspectos, en el análisis de las estructuras creadas, con el fin de atribuir a las personas físicas como rentas el importe de todos los gastos e inversiones que, siendo de su disfrute exclusivo, se estén declarando como gastos deducibles o inversiones de las estructuras que han creado con fines defraudatorios.

Más allá de estos supuestos concretos de especial gravedad y complejidad, en el conjunto del tradicional análisis patrimonial de contribuyentes de alta capacidad económica se atenderá especialmente a la utilización de sociedades para la deducción de gastos personales, así como al aprovechamiento gratuito, o por precios no de mercado, de bienes de la sociedad por parte del socio y su círculo familiar.

Igualmente, se va a intensificar el control sobre determinados colectivos, como el de aquellos empresarios o profesionales sin ingresos de tarjetas cuando los pagos por esta vía sean habituales en su sector, o sobre aquellos que simulen una actividad económica y emitan facturas irregulares, así como especialmente en los receptores de esas facturas, que obtienen devoluciones indebidas de IVA y generan gastos ficticios. También se analizará el papel de los inversores que participen en estructuras asociativas de financiación como las agrupaciones de interés económico, canalizadoras de beneficios fiscales.

Control de los no residentes

Además, en el ámbito de los no residentes se impulsará la regularización de las rentas o ganancias derivadas de inmuebles y las infrarretenciones en las rentas de artistas y deportistas. También este año la Agencia iniciará la adaptación de sus esquemas de devolución de retenciones de dividendos por IRNR a la directiva ‘Faster’, que contempla reglas armonizadas de emisión y validez de certificados de residencia y procedimientos para el ajuste de las retenciones practicadas.

Comercio electrónico, monedas virtuales y alquileres turísticos

La Agencia Tributaria mantendrá también presencia en sectores con alto riesgo de existencia de economía sumergida, realizando actuaciones coordinadas, entre otros supuestos, sobre contribuyentes que utilizan medios de pago radicados en el extranjero y que evitan las obligaciones de suministro de información a la Agencia.

De igual forma, los planes sectoriales de visitas pondrán el énfasis en el control de las terminales de venta (TPV) y otros sistemas de facturación al público, informando de la próxima entrada en vigor de las nuevas obligaciones relativas a los sistemas informáticos de facturación para evitar el uso del “software de doble uso”.

Al mismo tiempo, se impulsarán actuaciones de control sobre contribuyentes que hayan operado con monedas virtuales sin declarar las rentas o ganancias derivadas de su tenencia y transmisión.

Noticias relacionadas

En el ámbito del comercio electrónico a través de plataformas, el presente año se podrá aprovechar ya para actuaciones de control la nueva información sobre pagos transfronterizos y la información aduanera vinculada al régimen de ventanilla única para la detección de infradeclaraciones de IVA. Además, desde la propia óptica aduanera, se explotarán nuevas tecnologías para la mejora de la identificación de envíos con posible infravaloración de la mercancía. También se impulsará, a partir del intercambio de información internacional “DAC7″, la identificación de propietarios e intermediarios en el mercado del alquiler turístico.

Junto con la economía de las plataformas, supone igualmente un reto para el control fiscal el crecimiento de actividad de los denominados “neobancos”. Este fenómeno llevará a una intensificación de controles fiscales para evitar que los medios de pago alternativos supongan una vía de elusión o fraude, pero también se analizará desde la óptica de la investigación del blanqueo de capitales por parte de organizaciones criminales.

Etiquetado en:

Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Tu opinión se publicará con nombres y apellidos

Te recomendamos en Economía

Productos recomendados