Es oficial: estos son los años que hay que cotizar para cobrar el 100% de la pensión en 2026 según el tipo de jubilación
España continúa el periodo transitorio a través del cual la edad se incrementa progresivamente hasta que en 2027 llegue a 67 años. El próximo año será de 66 años y 10 meses.


Llega diciembre y millones de españoles miran de reojo la Navidad y la llegada del próximo año 2026, con sus múltiples cambios. Uno de ellos relativo a las novedades en la edad de jubilación.
Los cambios en la edad de jubilación en 2026
España está inmersa en un periodo transitorio a través del cual la edad de jubilación se incrementa progresivamente hasta que en 2027 se instale en los 67 años. Este proceso comenzó en 2013 y desde los 65 años de entonces va subiendo año a año hasta llegar a los 67 de 2027. Por tanto, a partir del 1 de enero de 2026 la edad de jubilación volverá a cambiar.
Por eso, a partir del año que viene, para poder jubilarse con el 100% de la pensión hay que tener en cuenta dos aspectos fundamentales. Aquellos trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses a la Seguridad Social, podrán acceder a la jubilación a la edad de 66 años y 10 meses. Es decir, dos meses más que en 2025, cuando está situada en 66 años y 8 meses.
Por su parte, la situación para aquellos trabajadores que sí han cotizado 38 años y tres meses o más es diferente. Estos podrán jubilarse cuando alcancen los 65 años, siempre que acrediten esos 38 años y 3 meses de cotización a la Seguridad Social, igual que este 2025.
Este aumento paulatino de los años de cotización y la edad de jubilación se produce año a año. Así, en 2025 la edad se incrementará hasta los 66 años y 10 meses si no se han cotizado esos 38 años y tres meses; y ya en 2027 se alcanzará la fijada edad de 67 años siempre y cuando no se tengan 38 años y 6 meses cotizados. En 2026, para poder jubilarse a los 65 años habrá que haber cotizado esos 38 años y tres meses y en 2027 38 años y 6 meses.
| Año | Años cotizados | Edad de jubilación |
|---|---|---|
| 2025 | 38 meses y 3 meses o más Menos de 38 meses y 3 meses | 65 años 66 años y 8 meses |
| 2026 | 38 meses y 3 meses o más Menos de 38 meses y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
| 2027 | 38 meses y 6 meses o más Menos de 38 meses y 6 meses | 65 años 67 años |
Jubilación anticipada
A pesar de estos cambios en el tiempo de cotización y la edad de jubilación, un trabajador podrá seguir optando por la jubilación anticipada si tiene al menos 38 años y 3 meses cotizados. Esta será posible hasta dos años antes de su edad ordinaria de jubilación. Es decir, si un trabajador puede jubilarse a los 65 años al tener más de 38 años cotizados y tres meses, podrá hacerlo desde el día que cumple 63 años, aunque tendrá la correspondiente pérdida en la cuantía de la pensión al haber accedido a ella antes de tiempo (el porcentaje es mayor cuanto antes se jubile).
Por su parte, los que sí tienen que llegar hasta los 66 años y 10 meses para jubilarse en 2026, podrán acceder a la jubilación anticipada a partir de los 64 años y 10 meses si tienen menos de 38 años y 3 meses cotizados. También en este caso tendrán el correspondiente coeficiente de reducción en su pensión de jubilación. En líneas generales, la reducción oscila entre el 21% y el 3,26% en función de si se adelanta entre 24 meses o un mes.
Cotización mínima y cálculo de las pensiones
Por último, lo que no cambiará en 2026 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación. Esta se mantiene en 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.
Para calcular las pensiones, hay que atender al método de cálculo de jubilación de la Seguridad Social. En este método, hay dos aspectos a tener en cuenta: las bases de cotización de los últimos 25 años y el número total de años cotizados. Lo primero que se debe hacer es averiguar la base reguladora, a la cual se llega sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (son 300 bases) y dividiendo su importe entre 350. Después, hay que saber el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho, lo cual depende de los años cotizados:
- Con 15 años, el mínimo exigido, se tiene derecho a un 50% de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 49 meses se consigue un 0,21% extra de base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses se consigue un 0,19% extra de base reguladora.
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Con todo ello, las personas con 15 años cotizados, el mínimo que exige la ley para acceder a una pensión, tendrán el 50% de su base reguladora.
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