Es oficial en el BOE: la deducción de hasta 9.000 euros que podrán solicitar millones de españoles en la Renta 2025-26
Esta medida económica es una prórroga anunciada en el Real Decreto-ley 16/2025 publicado el pasado 23 de diciembre para las obras de mejora por eficiencia energética.

La llegada de nuevo año trae consigo buenas noticias para millones de españoles. El Real Decreto-ley 16/2025 publicado el pasado 23 de diciembre incorpora una norma que modifica la Ley del IRPF y extiende la vigencia de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética.
Para aplicar la deducción estatal en el IRPF, es imprescindible que los trabajos realmente mejoren la eficiencia del inmueble a través de un certificado energético previo y posterior visado por un técnico competente.
Escalas para aplicar la deducción estatal
Deducción básica del 20%
Aplica si la obra consigue reducir al menos un 7% la eficiencia por demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda, con una base máxima anual de 5.000 euros y una deducción máxima de 1.000 euros.
Aplica en vivienda habitual y también en viviendas alquiladas o “en expectativa” de alquiler (en este último caso, antes 31 de diciembre de 2027).
Las cantidades deben haberse satisfecho hasta el 31 de diciembre de 2026 y el certificado final debe expedirse con fecha límite 1 de enero de 2027.
Deducción media del 40%
Aplica igual que el mismo supuesto anterior, pero es más exigente. Se entenderá que se ha mejorado el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda en la que se hubieran realizado tales obras cuando se reduzca en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable
También si se consigue una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
Aquí la base máxima anual es de 7.500 euros y la deducción máxima es de 3.000 euros.
Deducción superior del 60%
Aplica en comunidades de vecinos, con rehabilitación energética de todo el inmueble, con una mejora de la eficiencia energética del edificio, debiendo acreditarse un 30% de mejora, o bien, la mejora de la calificación energética para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. Se asimilarán a viviendas las plazas de garaje y trasteros que se hubieran adquirido con estas.
Las obras pueden realizarse hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado final debe emitirse antes del 1 de enero de 2028.
La base máxima anual es de 5.000 euros. No obstante, las cantidades no deducida pueden trasladarse cuatro años hasta una base acumulada de 15.000 euros. Es decir, el 60% de esa base permite una deducción total de 9.000 euros repartida en varios ejercicios.
El pero, el requisito del curso legal
En ningún caso, darán derecho a practicar deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.
Es decir, que todo deberá estar justificado con pagos a través de medios bancarios: honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.
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En todo caso, no se considerarán en dichas cantidades los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil. Por último, también se deberán descontar las subvenciones utilizadas para la realización de estas obras.
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