¿Es obligatorio que mi empresa me suba el sueldo con el acuerdo de la subida de salarios?
Esta subida no es de obligado cumplimiento para las empresas, sino que sirve únicamente como referencia y guía a la hora de negociar un convenio colectivo.
Tras la reunión y la posterior negociación entre patronal y sindicatos del pasado 5 de mayo, se llegó a un acuerdo para subir los salarios. Una subida para este 2023 y los próximos dos años 2024 y 2025, cuyo objetivo principal es evitar que los trabajadores continúen perdiendo poder adquisitivo a causa de la elevada inflación.
Los trabajadores que se beneficiarán de estas subidas son los que estén empleados bajo un convenio colectivo que, en España, afecta al 52% de los trabajadores y el 62,2% de los asalariados. En concreto, para este año 2023 habrá una subida salarial del 4%, para el próximo año 2024 el incremento del salario será del 3% y para el 2025, el aumento del sueldo de los trabajadores será del 3%.
Revisión salarial
Un 10% en tres años. Para no perder poder adquisitivo, se incluye una revisión salarial que podría implicar alzas adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2023), que se aplicarían al inicio del siguiente ejercicio. Esta negociación llevaba estancada desde mayo del año pasado, debido a que la patronal se había negado a incluir las cláusulas de revisión salarial vinculadas a la inflación.
El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, detalla que los negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias de su ámbito para establecer las condiciones salariales. Por tanto, la idea es que las medidas del acuerdo puedan adaptarse a cada sector empresarial.
“Debe servir para impulsar la negociación colectiva”
La Unión General de Trabajadores y Trabajadoras (UGT) asegura que este nuevo pacto salarial “debe servir para impulsar la negociación colectiva de los 1.400 convenios pendientes” y llegará a las empresas y sectores “donde hay menos fuerza sindical”.
El principio, el acuerdo pretende que los salarios suban en todos los sectores. La idea es que las directrices contenidas en el acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, cuyas situaciones son muy “desiguales” en crecimiento, resultados o incidencia del salario mínimo interprofesional (SMI), todo ello con la finalidad del mantenimiento y la creación de empleo.
No es de obligado cumplimiento para las empresas
Se trata, con todo ello, de un documento en el que los sindicatos y la patronal recogen recomendaciones entre las que se incluye la propuesta salarial, así como otras relacionadas con el empleo y la contratación. Sin embargo, esta subida no es de obligado cumplimiento para las empresas, sino que sirve únicamente como referencia y guía a la hora de negociar un convenio colectivo.
Ahora bien, según transmite Legalitas en su página web, existe una excepción: “Si existe en el convenio colectivo una cláusula de revisión salarial, la empresa sí deberá aumentar los sueldos a sus trabajadores. Además, le aplicará el porcentaje que dicha cláusula establezca”.