¿Es obligatorio contratar un seguro al firmar una hipoteca con el banco?
Según la legislación española, solo hay que contratar un seguro obligatorio: el seguro contra incendios de la vivienda.
La adquisición de una vivienda es una de las decisiones más importantes que los ciudadanos toman en la vida. Habitualmente, el banco presta un dinero para adquirir una vivienda, pero con el requisito de que si no se cumplen las condiciones tiene el aval de la propiedad.
A la hora de firmar la hipoteca ante notario, es frecuente que el banco ofrezca al cliente contratar otros productos como seguros de hogar o de vida. De aceptar, se pueden conseguir mejores condiciones -como reducir el diferencial del tipo de interés-. Ahora bien, no es obligatorio.
El único seguro obligatorio
Según la legislación española, solo hay que contratar un seguro obligatorio: el seguro contra incendios de la vivienda. Este suele cubrir tanto los daños causados por este tipo de accidentes como por otros de diversa índole, como inundaciones o fenómenos naturales.
La cobertura de incendio suele ir incluida en todas las pólizas de hogar de las compañías, junto con otras complementarias que pueden estar incorporadas o ser opcionales:
En el extremo contrario, hay determinadas circunstancias en las que no se ocupará:
Otros seguros valiosos en la actualidad
También hay otros seguros que guardan una estrecha relación con una hipoteca y que, probablemente, al propio cliente le interese para mejorar las condiciones de la misma. De todas maneras, es conveniente consultar todos los detalles con expertos y leer bien la letra pequeña para evitar consecuencias no deseadas.
Entre ellos, cabe destacar el de vida, cuya póliza protege ante el posible impago de la hipoteca por parte del cliente, en caso de muerte o invalidez, o el de protección de pagos, donde la aseguradora se hace cargo de la amortización de un crédito si el usuario se queda en el paro o incapacitado temporalmente para trabajar.