El supuesto en el que puedes cobrar dos pensiones por incapacidad a la vez
Esto sucede en los casos en que el beneficiario haya cotizado en dos regímenes diferentes, como puede ser el General de la Seguridad Social, y luego, en el RETA, de los trabajadores autónomos.
La incapacidad laboral es la situación que ocurre cuando un trabajador no es capaz de realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo. La Seguridad Social regula diferentes tipos de incapacidad laboral: la incapacidad temporal y la incapacidad permanente.
¿Qué es la incapacidad temporal y permanente?
Como su propio nombre indica, la incapacidad temporal es aquella que impide a un trabajador realizar su trabajo durante un periodo concreto. Esa imposibilidad de trabajar es temporal y tiene un plazo máximo de duración. Después del tratamiento médico, debe poder reincorporarse a su trabajo con normalidad.
En el segundo caso, la incapacidad laboral permanente es la prestación económica que se le concede a una persona que, por motivos de enfermedad o accidente, presenta secuelas o problemas funcionales graves y ve reducida o anulada su capacidad laboral hasta el punto de impedir el correcto ejercicio de su actividad profesional, y en ocasiones cualquier tipo de trabajo.
Tipos de incapacidad laboral permanente
Dentro de la incapacidad laboral permanente podemos encontrar varios tipos según la gravedad e impedimento para desempeñar la actividad. Los diferentes grados van de menor a mayor incapacidad:
Posibilidad para recibir dos pensiones
La pensión que se otorga permite tener un respaldo económico por la pérdida de ingresos ante la situación, y su cuantía depende de los aportes realizados y del grado de incapacidad que tenga establecida. En teoría, un beneficiario no puede cobrar dos prestaciones de manera simultánea. Es por ello que, en caso de poder tener acceso a dos de ellas, la mayoría de trabajadores suelen elegir la que le aporta más dinero.
No obstante, la Seguridad Social reconoce que legalmente hay una posibilidad de recibir dos pensiones. Esto sucede en los casos en que el beneficiario haya cotizado en dos regímenes diferentes, como puede ser el General de la Seguridad Social, y luego, en el RETA, de los trabajadores autónomos.
Particularidades
Para poder acceder a esta prestación doble es importante que la suma de una y otra no supere la pensión máxima, que este año se sitúa en los 3.059 euros. Además, se deben cumplir con los requisitos que exige cada una de ellas por separado. Cabe destacar que esta dualidad de cobro se puede hacer porque el beneficiario ha aportado primero a un sistema y luego a otro.