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PENSIONES

El caso en el que se podrá compatibilizar la pensión de jubilación al 100% con el trabajo

Gobierno, sindicatos y empresarios cierran el acuerdo por el que si la jubilación se retrasa más de cinco años recibirás el 100% de tu pensión a la vez que sigues trabajando.

El caso en el que se podrá compatibilizar la pensión de jubilación al 100% con el trabajo
Pixabay

Tras más de un año de negociación, el Gobierno, concretamente la ministra de Seguridad Social, Elma Saíz, ha cerrado el acuerdo con sindicatos y empresarios respecto a las pensiones. Este acuerdo hará posible que aquellos trabajadores que de manera voluntaria retrasen su jubilación más allá de la edad legal ordinaria (65 años) puedan recibir los incentivos actuales cada seis meses a partir del segundo año de demora.

En la actualidad, estos se reciben cada año, es decir, el doble. El comité ejecutivo de la CEOE ha aprobado por unanimidad el principio de acuerdo, respaldado también por los sindicatos UGT y CC.OO. Con este acuerdo se ha cerrado aquella reforma en dos fases del ministro José Luis Escriva.

¿Cuáles son los incentivos?

Si alguien decide retrasar su jubilación por más de dos años y este retraso es de más de seis meses, pero menos de un año, además del incentivo que se le aplicaría por demorarse, recibirá un 2% adicional como complemento. Además, por cada año completo que se retrase la jubilación más allá de la edad legal ordinaria, a la pensión correspondiente se le añadiría un 4% adicional. También existe la posibilidad de recibir una cantidad fija a tanto alzado por cada año adicional que se cotice.

La forma de cobrar este último incentivo, que pretende motivar a los trabajadores a jubilarse más tarde de lo debido, sería mediante un pago único o mediante una fórmula mixta.

En cuanto a la compatibilización del trabajo con recibir una pensión, este acuerdo exige que se retrase la jubilación mínimo un año para que esto se pueda hacer sin importar si el trabajo es a tiempo completo, parcial o por cuenta propia. Esto fue introducido por la última reforma de pensiones para, de nuevo, incentivar las jubilaciones tardías.

Eso sí, el porcentaje de la pensión que recibas dependerá de cuanto demores tu jubilación. Es decir, que irá subiendo de manera gradual según más tiempo sigas trabajando.

· 1 año de demora: recibirás el 45% de la pensión

· 2 años: 55%

· 3 años: 65%

· 4 años: 80%

· 5 años: recibirás la pensión completa a la vez que trabajas

Esto cambia la regulación actual de la jubilación activa, que permite percibir el 100% de la pensión de jubilación contributiva solo si se trabaja por cuenta propia y se contrata al menos a un empleado por cuenta ajena.

Pero este acuerdo no ha cambiado solo los incentivos respecto al retraso de la jubilación, ya que por ejemplo la nueva reforma establecerá reglas diferentes para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo. Ahora se podrá adelantar el retiro parcial hasta tres años (antes eran solo dos), pero se necesitarán al menos 36 años y medio de cotización.

Además, la reducción de jornada para quienes se jubilan parcialmente podrá ser del 25% al 75%, en lugar del 50% al 75% que hay ahora. También se comprometen a que los contratos de relevo sean fijos y a tiempo completo, y que se mantengan al menos dos años después de que termine la jubilación parcial.

Otros cambios

Los trabajadores en profesiones con alta penosidad, toxicidad y peligrosidad tendrán un nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores y se incluirán indicadores objetivos y informes médicos para facilitar su jubilación.

La reforma también abordará las lagunas existentes en cuanto a la cotización para los fijos discontinuos, garantizando que se computará todo el periodo en alta y multiplicando ese tiempo por un coeficiente de 1,5, sin que se supere el número total de días naturales anuales.

Otro cambio es que, partir de ahora, los autónomos que contraten a un nuevo trabajador fijo con 18 meses de antigüedad podrán recibir una pensión compatible con el trabajo del 75%. Además, esto también aplicará si contratan a un trabajador indefinido que no haya tenido relación laboral con el autónomo en los dos años previos a la jubilación activa, con un incremento de 5 puntos anuales mientras permanezcan en el retiro activo.

Para la industria manufacturera, se mantendrán las condiciones anteriores a la reforma de pensiones de 2011 hasta 2030 con algunos ajustes, como un incremento progresivo del 40% al 80% en la cotización de la empresa y del jubilado parcial entre 2025 y 2029. Además, al menos el 75% de los trabajadores en la plantilla deberán tener contrato indefinido, y se aplicará el mismo régimen de acumulación de jornada que para la jubilación parcial general.

A todo esto se suma también que las empresas podrán pagar menos a la Seguridad Social si mejoran la prevención de accidentes laborales. Medido por un sistema de códigos de siniestralidad, si una empresa es capaz de llevar esta mejora a cabo, podrá recibir un descuento de hasta el 8% en lo que paga a la Seguridad Social.

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