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ECONOMÍA

El Banco de España recuerda los riesgos de devolver un recibo

Recargos, pérdidas de bonificaciones o subvenciones y anulaciones de servicio, son algunas de las consecuencias de devolver un recibo de organismos públicos.

El Banco de España recuerda los riesgos de devolver un recibo
Pixabay

El Banco de España ha alertado a los ciudadanos sobre los riesgos que acarrea la devolución de recibos. “Si como cliente quieres que tu entidad te brinde este servicio debes, como titular de la cuenta, firmar una autorización previa y expresa para que la entidad pueda efectuar los cargos”, expresó el organismo.

Además, aquellos que tengan la orden de domiciliación en vigor y deseen devolver algún recibo, según recoge el BdE, la normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a “ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender”, que puede realizarse en un plazo de ocho semanas si el cargo estaba autorizado, o de 13 meses si no lo estaba.

Las consecuencias de la devolución de los recibos, varía en función por la causa que propicia dicha devolución. En caso de que que nos giren un recibo por error, o porque necesitamos liquidez urgente en ese momento, y tampoco se explique la causa, se corre el riesgo de que se pueda anular el servicio por parte de la empresa suministradora, según explica el Banco de España.

Sin embargo, las consecuencias pueden ser más drásticas en caso de que la devolución se realice a las administraciones del Estado, como puede ser la Seguridad Social o Hacienda. En este escenario, las sanciones pueden oscilar desde la pérdida del derecho a percibir bonificaciones o subvenciones tanto del propio recibo que se devuelve al ente público, como de los siguientes que dejaron de emitirse.

Para evitar cualquier tipo de problemas con la devolución de los recibos, el organismo recomienda la asignación de la “clave específica de devolución correcta”. Así explican cómo se debe proceder. “La entidad debe asesorarte correctamente, ajustándose a las buenas prácticas bancarias”, sentencia el BdE, que también recuerda que el deber de las entidades es atender las órdenes que reciban, y velar por los intereses de sus clientes.

Qué hacer con un cargo a nuestra cuenta de origen desconocido

Puede pasar que, entre ingresos y gastos de nuestra cuenta corriente, encontremos ingresos o gastos que no terminamos de asociar, no nos acordemos o, también, pueda haber un problema. Quizá un pago con tarjeta del que no hemos dado autorización, o una operación que no se ha realizado de forma correcta. ¿Qué debemos hacer en tal caso? Lo primero, sin ninguna duda, es avisar a nuestra entidad.

Una vez que detectemos que haya podido haber un problema con nuestra cuenta, se deben tener en cuenta diversos aspectos. Antes de nada, debemos reclamar al Servicio de Atención al Cliente de la correspondiente entidad crediticia, quien nos debe facilitar la documentación que acredite la correcta autorización del pago o la ejecución de la operación realizada con la tarjeta.