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¿Cuánto dinero te quitan de la nómina si estás de baja? Esto te descuentan del sueldo según el tiempo y el tipo de baja

La máxima cantidad económica que puede cobrarse en la mayoría de casos es el 75% sobre la base reguladora y en ningún caso el salario íntegro.

¿Cuánto dinero te quitan de la nómina si estás de baja? Esto te descuentan del sueldo según el tiempo y el tipo de baja
DIARIO AS

El pasado año, el número de accidentes de trabajo con baja fue de 647.495, lo que implica una disminución del 0,9% con respecto al año anterior. En cuanto a estos resultados dependiendo de la situación profesional, la mayoría fue de trabajadores asalariados, con 611.367 frente a los 36.128 accidentes entre trabajadores por cuenta propia, según los datos de la ‘Estadística de Accidentes de Trabajo’ del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Los sectores que más bajas registran son la industria manufacturera, la construcción, el comercio y reparaciones de vehículos, las actividades administrativas y servicios auxiliares y la hostelería. Centrando los datos por comunidades, los primeros puestos los alcanza Cataluña, Andalucía, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana y País Vasco, siendo estas comunidades de las que mayor población tienen en España.

La Incapacidad Temporal (IT) es una “situación de la persona trabajadora mientras que se encuentre imposibilitado temporalmente para trabajar y reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante este periodo se puede percibir un subsidio diario que cure la pérdida de rentas por las causas indicadas”, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Los beneficiarios son cualquier trabajador incluido en el régimen de la Seguridad Social así como los autónomos.

En algunos casos, se debe haber cotizado previamente

En caso de accidente laboral, no hay exigencias en cuanto a la obligatoriedad de haber cotizado anteriormente. Sin embargo, en casos de enfermedad común, deberá tener cotizados al menos 180 días en los 5 años anteriores. En caso de enfermedad o accidente, el periodo de baja es de 365 días, prorrogables otros 180, si en este último periodo se prevé curación.

Desde mayo del pasado año, se aprobó en el Congreso de los Diputados la posibilidad de que las mujeres soliciten la baja temporal por dolor menstrual incapacitante, dentro de la nueva ley del aborto. A diferencia de otras bajas, esta es remunerada desde el primer día y al igual que cualquier enfermedad, será necesaria la constatación por parte del médico de cabecera. Aunque no establece días concretos, se presupone que será de unos tres días, como duración general de la regla.

La prestación a partir de la base reguladora

La cantidad económica que se recibe durante las bajas se hace a partir de la base reguladora, un baremo de la seguridad social obtenido a partir de las bases de cotización y que sirve para calcular prestaciones como las bajas laborales. Por ejemplo, según el medio Ideal, para un sueldo medio de 1.500 euros al mes, la base reguladora suele ser 1.258 euros, aunque depende de diversos factores. Así, la cantidad que se cobra es en referencia a esta última cifra, dependiendo de cada caso:

  • Por enfermedad común o accidente no laboral: 60% de la base reguladora desde el cuarto al vigésimo día incluidos. Desde el vigesimoprimero en adelante el 75%
  • Por enfermedad profesional o accidente de trabajo: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.
  • Por interrupción del embarazo o a partir del primer día de la semana 32 de gestación: el primer día se cobra el salario íntegro; del segundo al vigésimo, el 60% de la base reguladora, y a partir del vigesimoprimero el 75% de la base reguladora.

Según el Ministerio, en ningún caso podrá cobrarse el 100% del salario estando de baja, a no ser que exista un convenio o contrato que lo establezca. Sí puede solicitarse una reclamación de indemnizaciones, contratar un seguro de baja laboral o exigir un recargo sobre las prestaciones, que pueden incrementar la cantidad económica percibida.

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