Cambio importante en la banca: los documentos que recibirán los clientes
Los bancos deberán remitir a sus clientes la documentación que estén obligados a remitir a Hacienda en el cumplimiento de sus obligaciones financieras.
El cambio en la Ley General Tributaria afecta directamente a las entidades bancarias, en lo que respecta al envío de documentación a sus clientes. La aprobación de la ley, provoca que las personas físicas puedan obtener con antelación la documentación que deban emitir a Hacienda en el cumplimiento de sus obligaciones financieras.
Dicha novedad permitirá que los clientes de los bancos puedan ejercer su derecho a la protección de datos. Una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), queda efectiva la trasposición de la Directiva Europea de obligatoriedad del intercambio automático de información fiscal, también conocida como DAC7. Su entrada en vigor el 1 de enero de 2016, permitió la mejora de la cooperación en el ámbito de la fiscalidad a escala europea.
De toda la documentación que los bancos deben suministrar a sus clientes, destacan el nombre, domicilio, DNI y lugar y fecha de nacimiento, así como el número de cuenta y los saldos. Todos estos documentos deben ser entregados a la Agencia Tributaria antes del 31 de enero del año siguiente al primer año en el que la cuenta sea sujeta a comunicación, según informa ‘El Economista’. Así, la Administración implanta una medida fundamental para evitar el fraude fiscal transfronterizo.
En el Plan de Recuperación trazado por el Gobierno, se establecen como prioridades para combatir y prevenir la lucha contra el fraude fiscal medidas como aumentar la eficacia del control tributario, incentivar el cumplimiento voluntario por el contribuyente de sus obligaciones tributarias, avanzar en el cumplimiento cooperativo e incorporar reformas que se ajusten a las acciones adoptadas en ámbito internacional.
Obligaciones para plataformas digitales
A finales de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley por el que se modificaba esta Ley General para trasponer la directiva europea, que también ponía el foco en las obligaciones de intercambio de información de las plataformas digitales entre los países miembros de la Unión Europea. Según informó meses atrás el Ministerio de Hacienda, el objetivo era ayudar a las administraciones tributarias a recaudar dinero de forma más eficiente.
También exigía a las plataformas digitales la inscripción en un censo y proporcionar información a la administración tributaria, así como aplicar procedimientos de ‘diligencia’ para verificar la identificación e información de los vendedores y operadores. Éstas deben identificar las actividades desarrolladas, pagos a vendedores y la identificación de las cuentas de cobro.