Ediciones
Resultados
Síguenos en
Hola

ECONOMÍA

El cambio en mi cotización para la pensión si he trabajado a jornada parcial antes del 1 de octubre

La equiparación de la jornada parcial tiene carácter retroactivo. El cambio beneficiará a unos dos millones de trabajadores en nuestro país.

El cambio en mi cotización para la pensión si he trabajado a jornada parcial antes del 1 de octubre

El pasado 1 de octubre entró en vigor la equiparación de las cotizaciones de la jornada parcial a la de tiempo completo. La modificación de la Ley de la Seguridad Social permite medir medir las cotizaciones parciales como un día completo a la hora de calcular la pensión por jubilación.

Así lo recoge el artículo 26 del Real Decreto-ley 2/2023, del 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas. “A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones, se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos”.

De este modo, los trabajadores que trabajaban o trabajan actualmente a tiempo parcial, ya no necesitarán de dos días para que les compute solamente uno como cotizado. Con este cambio, el Ministerio de Seguridad Social busca incrementar los derechos de los pensionistas y reducir la brecha de género, dado que hasta el 80% de los trabajadores que realizan su labor profesional bajo esta modalidad son mujeres.

Otra de las grandes novedades es el carácter de esta modificación. Pese a que ha entrado en vigor este mes, la medida tiene efectos retroactivos a toda la vida laboral, por lo que sí cambia la cotización para la pensión para aquellos empleados que tuvieran un contrato a tiempo parcial antes del 1 de octubre. Hasta dos millones de trabajadores se verán beneficiados por este cambio, de cara a obtener diferentes tipos de pensión, entre ellas, jubilación, incapacidad permanente o temporal, viudedad y orfandad, o nacimiento y cuidado de menor.

La nueva variación, según publica en su web el BBVA, hace que se tenga en cuenta el periodo cotizado a tiempo parcial íntegramente “para calcular el periodo de cotización acreditado para fijar el porcentaje aplicable sobre la base reguladora para determinar la pensión de jubilación”, independientemente de cuál sea la duración de la jornada de trabajo.

Cambio de cotización de becarios

Los estudiantes en prácticas (remuneradas o no) empezarán a cotizar a la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2024. Se había fijado a partir del 1 de octubre, pero, finalmente, será el primero de enero cuando entre en vigor la medida.

Esto incluye a los alumnos que realicen prácticas universitarias como a aquellos que realicen formación profesional. No obstante, la cotización por estos estudiantes estará bonificada al 95%. Dicha cotización se asimilará a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, salvo aquellos que hagan prácticas a bordo de embarcaciones.