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CAMPAÑA RENTA 2023-24

Arranca la Campaña de la Renta 2023-24: las tres deducciones más importantes a tener en cuenta

Más de 23 millones de contribuyentes deberán presentar a Hacienda sus ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2023 antes del 1 de julio.

Actualizado a
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
01/6/2023
Carlos LujanDiarioAS

Comienza la Campaña de la Renta 2023-24 y, con ella, la obligación de millones de contribuyentes españoles a declarar ante el fisco sus ingresos correspondientes al ejercicio fiscal del año pasado. A partir de este miércoles 3 de abril se podrá presentar la Declaración por Internet.

Será a partir del 7 de mayo cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar su Declaración de la Renta por teléfono, y desde el 3 de junio, Hacienda podrá hacerlo de forma presencial en sus oficinas. Se trata de una tarea obligatoria para aquellos ciudadanos que superen el umbral de 15.000 euros si cuentan con dos o más pagadores, y si superan los 22.000 euros con un único pagador.

Carlos Cruzado, presidente del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) desde el año 2005, explicó el pasado marzo en AS los errores más frecuentes al realizar la Declaración. “Uno en el que insistimos siempre, y que hay que tener mucho cuidado con él, es el olvidar la inclusión de deducciones autonómicas. También, por otro lado, el no incluir subvenciones como todas las ayudas para la adquisición de vehículos, becas que no estén exentas de tributación”.

Por ello, insistió en la necesidad de comprobar detenidamente que todos los datos son correctos y no apresurarse en confirmar el borrador, pese a que este pueda indicar un resultado a nuestro favor. “Hay muchísimas y hay que repasarlas siempre. No podemos confirmar el borrador sin más antes de comprobar que tenemos, o que podemos tener derecho, a alguna deducción autonómica que no hemos incluido”, especificó.

A partir de este ejercicio fiscal, todos los autónomos estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente del volumen de sus ingresos. Un aspecto que cambia en comparación a campañas anteriores, en las que solo debían presentarla aquellos con más de 1.000 euros.

Compra de vehículos e instalaciones de punto de carga, la principal

Para esta campaña, destacan, por encima del resto, tres deducciones. La primera de ellas, la compra de vehículos eléctricos e instalaciones de punto de carga. La base máxima de esta deducción es de 4.000 euros y está constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a quienes realicen la instalación.

Continúa durante este ejercicio con novedades las deducciones por maternidad. Así lo explicó Cruzado a este periódico. “Esta se aplica no solamente a las madres trabajadoras, sino también a aquellas que están en desempleo o que pueden cotizar con posterioridad al nacimiento de sus hijos”. En este caso, las madres se pueden beneficiar de una deducción por maternidad de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años, independientemente de si trabajan o cobran prestación por desempleo.

Por último, cabe mencionar la deducción de obras por rehabilitación energética para mejorar la eficiencia energética de los domicilios, y de los edificios también, que puede llegar hasta el 60%. Da derecho a deducción en las viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y que se encuentren en edificios de uso predominante residencial. No será el caso de la parte de la vivienda que afecte a actividades económicas.

Gastos de vivienda a tener en cuenta

Sobre los gastos de las obras por rehabilitación energética, el presidente de Gestha destacó la del 20% sobre una base de 5.000 euros, que son mejoras para deducción de demanda de calefacción y refrigeración. Para acogerse a ella, debe cumplirse la siguiente condición. “Debemos comprobar que se ha reducido un 7% la demanda en calefacción y regriferación”.

También expuso otra deducción que es del 40%, que son mejoras de reducción en el consumo de energía no renovable. “En ese caso, podemos por esas obras o esas instalaciones que hayamos montado, aplicar un 40% hasta 7.500 euros, y en este caso el requisito es reducir en un 30% ese consumo de energía no renovable, o mejorar la calificación energética de nuestro domicilio a los apartados A o B”, expresó.

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