Alajuelense eleva su inconformidad al TAS
‘La Liga’ insiste en que merece un lugar en el Mundial de Clubes y apela a que dos clubes mexicanos incumplen irregularidades de multipropiedad.


Liga Deportiva Alajuelense compartió un comunicado sobre la actualización de su queja sobre el Mundial de Clubes impuesta ante FIFA. Desde hace unos meses, el multicampeón costarricense había solicitado un lugar en la competencia, al asegurar que merecen un lugar tras coronarse bicampeones de la Copa Centroamericana. ‘La Liga’ como se conoce popularmente, argumento que podría ocupar uno de los lugares que ocupan Pachuca o León, debido a la existencia de la multipropiedad entre los clubes.
El club impuso una demanda en donde adjunta documentos que para demostrar la multipropiedad de los equpos mexicanos, que de ser así incumplen el reglamento del torneo. A mediados de enero, el Alajuelense solicitó de nueva cuenta una resolución por parte de FIFA relacionado al Mundial de Clubes 2025, que atendiera su primera queja impuesta el 19 de noviembre.
En aquella queja solicitaron que la institución rectora del fútbol emitiera su decisión a finales de enero de 2025 y ante la falta de respuesta, LDA ha compartido un nuevo comunicado:
‘’Liga Deportivo Alajuelense eleva caso Mundial de Clubes al TAS. Ante la inacción por parte de la FIFA a la gestión presentada por Liga Deportiva Alajuelense se interpuso una demanda formal ante el Tribunal Arbitral del Deporte. En la demanda, se demuestra la existencia de una multipropiedad entre los clubes León y Pachuca, así como el hecho de que ningún equipo tiene un mejor derecho al nuestro para participar en el próximo Mundial de Clubes.
Esta apelación responde a un caso de denegación de justicia por parte de la FIFA, al no atender el reclamo interpuesto por nuestra intitución en defensa de la integridad de la competición’'.
📝 LDA eleva caso del Mundial de Clubes al TAS. pic.twitter.com/vUfjK2PQ6J
— Alajuelense Oficial (@ldacr) February 3, 2025
Articulo 10 Reglamento del Mundial de Clubes 2025
En el primer apartado del articulo se explica que ‘’para garantizar la integridad de la competición, los clubes participantes deben cumplir con los siguientes criterios cuando remitan el acuerdo de participación y deberán seguir cumpliendo con ellos hasta el final de la competición’'. Y en el apartado 10.2 se explica lo siguiente. Si, sobre la base de una reclamación o información de la que disponga la FIFA, existan dudas sobre si un club participante cumple con los requisitos estipulados anteriormente, la Secretaría General de la FIFA podrá remitir el caso a la Comisión Disciplinaria de la FIFA, que deberá decidir sin demora sobre la admisión de conformidad con el Código Disciplinario de la FIFA.
Más adelante en el 10.3 se estipula: ‘’Si dos o más clubes no cumplen con los criterios estipulados en el apdo. 1, solo se podrá admitir a uno de ellos en la competición. La Comisión Disciplinaria de la FIFA será competente para decidir si se cumplen los criterios estipulados en el apdo. 1. ‘’
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