El Salvador aprueba reelección presidencial indefinida: “Será el pueblo quien decida”
La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó enmiendas constitucionales que permiten la reelección presidencial indefinida.


La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó enmiendas constitucionales que permiten la reelección presidencial indefinida, además se extender los mandatos presidenciales de cinco a seis años y eliminar la segunda vuelta electoral en la que se enfrentan los dos candidatos con mayor número de votos en la primera elección.
La diputada Ana Figueroa, del partido Nuevas Ideas al que pertenece el presidente Nayib Bukele, propuso cambios a cinco artículos de la constitución salvadoreña. “Con esta iniciativa, abrimos un nuevo capítulo en la historia democrática de El Salvador. Será el pueblo quien decida, cuantas veces lo desee, si continúa respaldando el rumbo de transformación que vive nuestra nación”, compartió la legisladora en X, antes Twitter.
Además, Figuero propuso establecer un ajuste transitorio para reorganizar el calendario electoral para que las elecciones presidenciales y congresuales coincidan. Con esta enmienda, el mandato actual de Bukele, programado para finalizar el 1 de junio de 2029, finalizará el 1 de junio de 2027.
Este día, propuse ante el Pleno de la @AsambleaSV una reforma histórica que transformará nuestro sistema político:
— Ana Figueroa 🇸🇻 (@anamag_figueroa) July 31, 2025
✅️ Permitir la reelección presidencial
✅️ Ampliar el período presidencial a 6 años
✅️ Eliminar la segunda vuelta electoral
✅️ Establecer un ajuste… pic.twitter.com/RE3OOxhnnJ
“Reformar la Constitución es un derecho legítimo de los pueblos y estamos haciendo lo que la Constitución nos permite. El pueblo salvadoreño nos ha exigido una reforma constitucional porque quiere que refundemos el país, porque quiere que hagamos cambios y no que dejemos todo igual a como estaba”, compartió la diputada Suecy Callejas.
¿Qué decía la Constitución de El Salvador sobre la reelección?
Antes de las enmiendas aprobadas por la Asamblea Legislativa, en el epígrafe 1 del artículo 152, la Constitución señalaba que no podrá ser candidato a la Presidencia de la República “el que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
El artículo 88 también hacía referencia a que la “alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República” era “indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos”. Por otro lado, el artículo 154 indicaba que “el período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”.
La reelección de Nayib Bukele en 2024
En las elecciones presidenciales del año pasado, Nayib Bukele se registró como candidato y fue elegido nuevamente como presidente con una abrumadora ventaja. Según la constitución, Bukele no se podía presentar a unas nuevas elecciones. No obstante, años atrás, en 2021, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que fue elegida por la Asamblea Legislativa de mayoría oficialista, había establecido que la decisión de que el presidente siguiera en su cargo recaía en los electores.
Según la Sala, los artículos constitucionales que abordaban la reelección indicaban que la Constitución prohibía la reelección presidencial inmediata sin tratar de encontrar una interpretación conforme con la realidad. “Esta interpretación deja de lado que el permitir la postulación del Presidente para competir de nuevo por la presidencia, no implica de facto que este llegue a ser electo, implica únicamente que el pueblo tendrá entre su gama de opciones a la persona que a ese momento ejerce la presidencia, y es el pueblo quien decide si deposita nuevamente la confianza en él o si se decanta por una opción distinta”, señala la sentencia.
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En ese momento, el Tribunal Supremo Electoral de El Salvador (TSE) informó que acataría dicha resolución. El TSE dijo que las decisiones de la Corte Suprema son “inapelables y de obligatorio cumplimiento”.
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