JUSTICIA

Condenan a cuatro años de cárcel a un exfisioterapeuta del Barcelona por realizar tocamientos a una empleada

El TS ha confirmado la condena para el fisioterapeuta, que realizó los tocamientos en dos sesiones a la empleada, que tenía dolencias en las cervicales.

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Expectación. Después del llenazo, la afición podrá recurrir al metro.

Este jueves, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de cárcel para un exfisioterapeuta del FC Barcelona por realizar tocamientos a una de las empleadas del club de fútbol durante una de las sesiones de fisioterapia que le habían prescrito para realizarle a causa de una dolencia en las cervicales.

El que fuera fisioterapeuta del equipo trabajó también como osteópata, y lo hacía desde hacía 30 años, encargándose del equipo de primera división al principio, y a partir de 2016, cuando ocurrieron los hechos, como fisioterapeuta de los empleados del propio club.

Respecto a la víctima, ésta sufría por entonces un bloqueo en la cabeza y cuello que estaba derivado de la dolencia que sufría, lo que provocó el consejo del médico a acudir a un tratamiento de fisioterapia. En la tercera sesión, según los hechos probados, el fisio trató de masajear hasta la zona del pubis de la paciente, que le advirtió de que tenía la regla, cuando paró.

Durante la siguiente sesión, la cuarta, el fisioterapeuta le realizó tocamientos en los pechos y en el clítoris sin su consentimiento. El ya condenado le preguntó a la víctima si se encontraba bien, y ella respondió que “sí” para salir de allí lo antes posible. Después, y a raíz de ello, la empleada sufrió un trastorno adaptativo con ansiedad reactiva por el que estuvo dos meses de baja.

Ahora, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación del condenado, condenándole a cuatro años de prisión y a una pena de dos años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión, y a una indemnización de 10.000 euros a la mujer. Por su parte, el club fue declarado responsable civil subsidiario de esa cantidad.

Contrarios a la hipótesis de que fueran justificados

Desde el alto tribunal se muestran contrarios a la hipótesis de que los hechos estaban justificados: “Si no se hubiesen producido esos masajes en los pechos, podría gozar de alguna -escasa, en todo caso- chance el argumentario a, al menos, generar dudas (...); pero si se dan por veraces esos otros frotamientos, pierde verosimilitud la hipótesis de que la introducción de dedos, de forma poco compatible con la praxis sanitaria (sin guantes), en la cavidad vaginal”, fuesen parte del propio tratamiento.

Además, rechazan la idea de que la víctima haya fabulado y adornado su relato “con ese aditamiento secundario para dotar de mayor fuerza a una acción que por sí misma tenía una indudable potencialidad expresiva”.