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SOCIEDAD

¿Me pueden cobrar en un bar por la leche, el hielo, el pan o el agua? Esto dice la OCU

La hostelería recurre a una serie de prácticas que rozan la ilegalidad y dependen de la normativa autonómica. Algunas, como pedir plus por la reserva o cobrar por cubierto, son ilegales.

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¿Me pueden cobrar en un bar por la leche, el hielo, el pan o el agua? Esto dice la OCU
UnSplash

Cuántas veces no se levanta uno con ganas de comer fuera. Porque es domingo, por el cumple de no sé quién, o para celebrar no sé cuántos. O simplemente porque apetece. Uno enfila el trayecto hasta el restaurante como si estuviera levitando, relamiéndose y oliendo el segundo plato desde que pone un pie en el felpudo. Y al llegar, con el hambre y la inercia, se come las aceitunas que hay en la mesa, el pan y el paté que han puesto para untar. Cuando llega la cuenta, sorpresa.

Tratar de cobrar por todo es una más de las polémicas prácticas que llevan a cabo los establecimientos del mundo de la hostelería. Una suerte de actividades que caminan haciendo malabares entre lo legal y lo ilegal, pero que bien pueden enmarcarse en lo pillo y lo astuto. Le conviene al lector conocer en qué casos se aprovechan de él y en cuáles puede comer tranquilo. Y la Organización de Consumidores y Usuarios, que bien lo sabe, se ha pronunciado sobre este confuso asunto.

En la reserva, al leer la carta y hasta en el baño

Por norma general, según desgrana la OCU, los bares y restaurantes tienen libertad para establecer las condiciones en las que prestan servicio. Únicamente deben asegurarse de no infringir ninguna normativa y, como no puede ser de otra forma, no atentar contra los derechos fundamentales. Y en esta amalgama de pillerías, que no resultan para nada nuevas, sólo tienen una restricción. A medias. Se trata de informar siempre, de forma clara y con antelación a los clientes.

Muchas veces no ocurre. Es más, empieza desde la propia reserva. En muchos establecimientos no es posible reservar a través de una página web si el número de comensales es solamente uno; o, incluso, pueden obligarte a pagar un anticipo en concepto de reserva. Ambos escenarios son tan injustos como legales, dado que no dañan ningún derecho fundamental y nada hay sobre esto en la ley.

Quizá esté más acostumbrado el lector a percibir un suplemento por terraza. También es legal. Pero es que incluso se contempla como alegal la posibilidad de que se cobre al cliente para utilizar el baño, aunque se encuentre consumiendo en el local. Ilegal es no tener carta física y sólo en QR, no aceptar dinero en efectivo, mostrar los precios sin IVA u obligar a dejar propina.

¿Y los panecillos que ya estaban en la mesa?

Una vez sentado, con ganas de comer y unos panecillos delante que parecen susurrar tu nombre, el lector debe saber que, aplicando la máxima general, es completamente legal cobrar por su consumo. Y lo mismo si acudes en busca de cafeína y deciden abonar a la factura el precio de la leche o del hielo, siempre y cuando se avise del cambio en el precio. Con todo, el cliente siempre puede rechazar dichos panecillos.

Otros ligeros apuntes que conviene tener en cuenta son los siguientes:

  • No se puede cobrar de más por una reserva, aunque sí sea legal, como se ha mencionado anteriormente, pedir por adelantado la cantidad.
  • Tampoco es legal cobrar suplemento por cubierto o servicio, puesto que, por ley, va incluido en el total. Sin embargo, hay autonomías cuya normativa dan lugar al escenario contrario.
  • El agua del grifo siempre es gratuita, tal y como se recoge en la Ley de Residuos.
  • Es obligatorio informar acerca del precio de aquellos productos que se encuentran fuera de carta.