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SOCIEDAD

El motivo por el que el SEPE te podría quitar el paro

Si se cometen tres infracciones en cuanto al compromiso de actividad se suspende la prestación, a no ser que se subsane de forma correcta la situación.

Actualizado a
Una persona sale de la oficina del SEPE de Méndez Álvaro, a 27 de abril de 2023, en Madrid (España). El paro subió en 103.800 personas entre enero y marzo, lo que supone un 3,4% más que en el trimestre anterior, mientras que la ocupación se redujo en 11.100 puestos de trabajo (-0,05%), su menor descenso en un primer trimestre desde 2007, ha informado este jueves el Instituto Nacional de Estadística (INE). Al finalizar marzo, el número total de parados se situó en 3.127.800 personas y el de ocupados, en 20.452.800 personas.
27 ABRIL 2023;MADRID;SEPE
Alberto Ortega / Europa Press
27/04/2023
Alberto Ortega Europa Press

Cuando una persona se queda sin trabajo, por las razones que sean, y cumple con los requisitos correspondientes, tiene derecho a cobrar una prestación contributiva por desempleo otorgada por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE). Esto es lo que comúnmente se conoce como paro, una ayuda al desempleo por la que un trabajador cotiza y que puede tener disponible hasta un máximo de dos años.

En el momento en que una persona desempleada vuelve a la actividad laboral, esta prestación se interrumpe y vuelve a estar de alta. No obstante, existen una serie de obligaciones a cumplir para poder contar con esta ayuda, de lo contrario el trabajador puede ser sancionado. Según informa El Español, no cumplir con el compromiso de actividad es motivo más que suficiente para quitar el paro a una persona.

El rechazo de una oferta de empleo, o de cursos de formación, es una infracción grave para aquellas personas solicitantes de la prestación. En este contexto, el hecho de no acudir a una entrevista de trabajo, sin una causa justificada, es sancionable con la pérdida de la cuantía del paro.

¿De cuánto es la infracción?

Según informan desde el SEPE, la primera vez que se rechace una oferta de trabajo sin motivo justificado supondrá una multa de la pérdida del paro durante tres meses. Si esto sucede una segunda vez, se sancionará con el aumento de la multa a seis meses. Pero si no se cumple con el compromiso de actividad tres veces se procederá a la extinción de la prestación.

Cabe destacar que si entre una infracción y otra ha transcurrido más de un año, de los dos máximos que hay de paro, se resetea el procedimiento. Es decir, si han pasado más de 365 días entre ambas infracciones, la primera se considera prescrita y el proceso comienza desde el principio.

Desde el SEPE recuerdan que existe un plazo de treinta días para subsanar la situación y, de esta manera, justificar las razones por las que se rechazó la ofertad de empleo puesta sobre la mesa. En este contexto, aclaran que estar estudiando o tener hijos menores no son causas justificadas y por lo tanto no implican la reparación de la multa.

Obligaciones para cobrar el paro

Aparte de cumplir con el compromiso de actividad, existen otros requisitos que hay que cumplir para poder optar a la prestación contributiva. Esta ayuda económica para desempleados es posible si se ha finalizado un contrato, si ha habido un despido o si se ha reducido la jornada o el salario entre el 10% y el 70%, según se explica en la página oficial del SEPE.

De esta forma, también es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social, encontrarse en una situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de trabajo durante el periodo en el que se percibe la prestación. A su vez, es obligatorio ser mayor de 16 años y no haber alcanzado aún la edad ordinaria de jubilación, y haber cotizado un mínimo de 360 días en los seis años anteriores a la pérdida de empleo.