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CAMPAÑA RENTA 2023-2024

¿Tengo que presentar la Declaración de la Renta si me han pagado el SEPE y mi empresa?

No se tiene que presentar si los pagos del segundo o el resto de pagadores no superan los 1.500 € anuales, y no se excedan los límites de Hacienda para dos o más pagadores de 15.000 euros.

Actualizado a
Un hombre espera su turno en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
01/6/2023
Carlos LujanDiarioAS

El próximo miércoles 3 de abril comenzará la Campaña de la Renta 2023-24 y, con ella, la obligación de millones de contribuyentes españoles para presentar al fisco los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2023. Con respecto a la Declaración, siempre surgen muchas dudas.

Una de ellas, está relacionada con la situación en la que suelen encontrarse muchas personas en nuestro país que compaginan tanto el cobro del SEPE cuando se encuentran en desempleo, como el periodo en que han estado trabajando. La pregunta del millón siempre radica en la obligación de declarar el IRPF del año anterior. La respuesta varía en función de la situación de cada contribuyente.

De todos los factores a tener en cuenta, el primero pasa por el límite de ingresos anuales mínimo que exige Hacienda para presentar la Declaración. En el caso de que solo haya un pagador, este es de 22.000 euros. Si son dos o más pagadores, será de 15.000 euros. En cuanto a esta pregunta, hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria considera al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como un pagador más.

Límite de ingresos anual y de segundo pagador

Asimismo, la AEAT considerará obligatorio presentar la Declaración de la Renta si el contribuyente que ha trabajado y ha cobrado el SEPE cuenta con ingresos anuales superiores a esos 15.000 euros. Además, hay que sumar el límite para los pagos realizados por el segundo pagador, o más si los hubiera. En este último caso, los ingresos del segundo pagador no pueden superar los 1.500 euros anuales.

Pese a ello, puede existir el caso en el que los contribuyentes que hayan trabajado y cobrasen el SEPE durante un año estén exentos de presentar la Declaración de la Renta. Para ello, no deben rebasar los límites mencionados anteriormente, es decir, sus ingresos no pueden superar los 15.000 euros fijados por el fisco para dos o más pagadores, y su segundo pagador no puede superar los 1.500 euros anuales establecido por Hacienda para ello.

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