JUSTICIA

¿Qué es la reparación del daño? La atenuante que rebaja la condena a Dani Alves por agresión sexual

La defensa del futbolista se ha acogido a esta figura jurídica para que su cliente tenga un castigo inferior. El pago de 150.000€ ha reducido el tiempo en prisión a la mitad.

(FILES) New FC Barcelona's Brazilian defender Dani Alves, looks on during his presentation ceremony at the Camp Nou stadium in Barcelona on November 17, 2021. A Spanish court on February 22, 2024 sentenced former Brazil international Dani Alves to four and a half years in prison after finding him guilty of raping a young woman at a Barcelona nightclub in December 2022. (Photo by Pau BARRENA / AFP)

El Caso Alves ha llegado a su fin. El futbolista brasileño ha sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual a una joven que se produjo en la discoteca Sutton de Barcelona durante la noche del 30 al 31 de diciembre de 2022. El auto de la sentencia recoge que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse, la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir”.

Esta pena de prisión se ha visto beneficiada por una atenuante a la que se ha acogido Inés Guardiola y su equipo de abogados para evitar que su cliente tenga una condena superior. Se trata de la reparación del daño, una figura jurídica que permite reducir la responsabilidad penal de un acusado mediante el resarcimiento de los daños causados a la víctima, tal y como recoge el Derecho Penal. Este escenario pone de relieve las medidas pertinentes tomadas por el acusado para disminuir o compensar los efectos negativos del delito que cometió.

La reparación del daño en el ‘Caso Alves’ se ha efectuado gracias al abono de la indemnización de 150.000 euros por el daño moral y psicológico, que efectuó antes de la celebración del juicio independientemente de que hubiera una sentencia condenatoria o no. Esto ha sido determinante para que el futbolista haya recibido una pena de prisión mucho más inferior de la esperada. “Con anterioridad a la celebración del juicio, la defensa ha ingresado en la cuenta del Juzgado 150.000 euros para entregarlos a la víctima, sin ningún tipo de condicionante”. El hecho de haber pagado esta cantidad de dinero antes de conocer la sentencia “expresa una voluntad reparadora que tiene que ser contemplada como una atenuante”.

La opinión de César Lage

César Lage, abogado experto, ha atendido a Diario AS para evaluar dicha condena que se basa en el artículo 179.1 del Código Penal, que está penado “de cuatro a doce años de cárcel”. El letrado señala que la atenuante de la reparación del año, contemplado en el artículo 21.5, ha sido vital para que se aplique una pena inferior a la esperada. “Se aplica la pena en su mitad inferior, que es de cuatro a ocho años, con lo cual, el juzgado aplica cuatro años y medio de prisión por la atenuante del artículo 21.5, que habla de la reparación del daño ocasionado a la víctima”, afirma a este diario.

Una atenuante que es reparado precisamente con el pago de esa indemnización de 150.000 euros “que la víctima no quería, pero que le estableció el juzgado como responsabilidad civil”. Lage cuenta que “la Audiencia provincial de Barcelona llega a esa sentencia por medio de la valoración de la víctima, que consideran que es suficiente para la condena al haber suficientes corroboraciones periféricas que dan lugar a la veracidad de la declaración de la víctima”.

El abogado asegura que el futbolista nunca recibirá la libertad provisional debido a su “elevado riesgo de fuga” a Brasil, país que no tiene acuerdo de extradición con España.

Normas