CASO ALVES

¿Cuánto tiempo tiene que ir Dani Alves a prisión y en qué cárcel cumplirá su condena?

César Lage, abogado experto, asegura a AS que la condena a Alves se basa en el artículo 179.1, aplicándose el atenuante del 21.5.

El futbolista brasileño Dani Alves ha sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por la violación que cometió en la discoteca Sutton en la noche del 30 de diciembre de 2022. La jueza ha considerado probados los hechos y le ha impuesto además 5 años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas.
El futbolista brasileño Dani Alves ha sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por la violación que cometió en la discoteca Sutton en la noche del 30 de diciembre de 2022. La jueza ha considerado probados los hechos y le ha impuesto además 5 años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas.ALBERTO ESTÉVEZEFE

El futbolista brasileño Dani Alves ha sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por la violación que cometió en la discoteca Sutton en la noche del 30 de diciembre de 2022. La jueza ha considerado probados los hechos y le ha impuesto además 5 años de libertad vigilada, alejamiento e incomunicación de la víctima durante 9 años y 6 meses, así como indemnización de 150.000 euros y pago de las costas.

Desde el tribunal consideran probado que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse, la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir. Con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”, añaden.

Un anuncio de condena que ha sido analizado por César Lage, abogado experto que, en declaraciones a AS, ha asegurado que “Dani Alves ha sido condenado por el artículo 179.1 del Código Penal″, que está penado “de cuatro a doce años de cárcel”. Ahora bien, ¿por qué se le aplica entonces una pena de cuatro años y medio? “Se aplica la pena en su mitad inferior, que es de cuatro a ocho años, con lo cual, el juzgado aplica cuatro años y medio de prisión por el atenuante del artículo 21.5, que habla de la reparación del daño ocasionado a la víctima”.

Un atenuante que es reparado precisamente con el pago de esa indemnización de 150.000 euros “que la víctima no quería, pero que le estableció el juzgado como responsabilidad civil”. “Una vez que repara el daño, se aplica ese atenuante del 21.5, y después aplicando el 66.1, se aplica la pena en su mitad inferior, que es de tres a seis años, con lo cual, el juzgado aplica cuatro años y medio de prisión”, añade.

César indica que “la Audiencia provincial de Barcelona llega a esa sentencia por medio de la valoración de la víctima, que consideran que es suficiente para condena porque consideran que existen suficientes corroboraciones periféricas que dan lugar a la veracidad de la declaración de la víctima. Los juzgadores consideraron que no existe este consentimiento de la víctima y debe ser de aplicación el artículo 179″.

Dos atenuantes podrían haber dejado a Alves en libertad

Además, César Lage puntualiza que desde el tribunal deniegan el atenuante de estar bajo los efectos del alcohol debido a que esto podría haber provocado que el futbolista quedase en libertad: “Deniegan lo que quería aplicar la defensa [de Alves], porque si le aplican dos atenuantes, la pena sería en dos grados inferiores, por lo que hubiera sido casi mínima, y de haber sido menor de dos años, no entraría en prisión, quedándose en libertad por no tener antecedentes penales. Por eso lo que quería hacer la defensa, muy hábilmente, era aplicar también el atenuante de estar bajo los efectos del alcohol, pero no ha sido tenido en cuenta por el tribunal porque en el momento de la comisión del hecho delictivo, Dani Alves sabía realmente lo que estaba realizando”.

Respecto a la prisión en la que cumplirá Alves su condena, el abogado señala que será “la más cercana al domicilio del acusado”, insistiendo en las medidas accesorias que se aplican en su condena.

Ahora, a la espera de que salga la sentencia (cabe destacar que lo que ha publicado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya es el comunicado) tendrá lugar una vista para determinar si realmente le conceden al acusado la libertad provisional que pidió Inés Guardiola en la última sesión del juicio.

Una vista en la que, en palabras de César Lage, no le van a dar la libertad provisional “por el riesgo de fuga del acusado”, remarcando el poco arraigo que tiene en España, su elevada economía, así como que en Brasil, su país de origen, no hay extradición.

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