El juez mantiene la imputación de Asencio por difundir un vídeo sexual de una menor
Según publica El País, la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado el recurso del jugador del Madrid y sostiene que hay indicios razonables de criminalidad suficientes contra él.
Raúl Asencio, central del Real Madrid, mantiene su condición de imputado en el caso de la difusión de un vídeo sexual de una menor de 16 años. Según publica El País, la Audiencia Provincial de Las Palmas ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por el defensa, uno de los cuatro canteranos del Madrid investigados, además de Ferran Ruiz (ahora en el Girona), Juan Rodríguez (CD Tarazona) y Andrés García (Alcorcón), y se sostiene en el auto que hay “indicios racionales” de criminalidad suficientes de que el futbolista pueda haber cometido tanto un delito de descubrimiento y revelación de secretos, como otro de pornografía infantil.
Los hechos en cuestión habrían sucedido el 15 de junio de 2023 en Mogán (Gran Canaria) y fueron denunciados el 6 de septiembre de 2023 ante la Guardia Civil por la madre de la menor, que tenía entonces 16 años. La madre de la víctima indicó que uno de los detenidos grabó un vídeo sexual de la menor y lo difundió posteriormente. Según la denunciante, esas relaciones habían sido consentidas, no así la grabación.
El juez no ha considerado los argumentos presentados por la defensa de Asencio, que solicitaba el sobreseimiento de la causa. La defensa del jugador afirmaba que las diligencias practicadas eran prospectivas e incidía en la ausencia del vídeo en la investigación, pero ambas cuestiones han sido rechazadas por la Audiencia, que impone además al investigado asumir las costas procesales. El auto confirma que la ausencia del archivo del vídeo no equivale a que nunca haya existido. Asimismo, señala que existe la declaración de uno de los investigados, quien afirmó que Asencio le mostró el vídeo, junto con los registros del móvil que indican que lo recibió en WhatsApp.
Por último, el auto hace constar que el análisis de los teléfonos móviles desveló conversaciones comprometedoras para los investigados, en las que había comentarios despectivos y vejatorios sobre la denunciante.
Las posibles penas
Los cuatro jugadores implicados por un presunto caso de revelación de secretos de índole sexual en Las Palmas se arriesgan a unas penas de entre uno a cinco años de prisión, según recoge el Código Penal en el artículo 197.
Para la determinación de la pena que correspondiera, habrá que tomar en consideración determinadas circunstancias: edad de la víctima, si hubo o no consentimiento en la grabación, si la difusión se ha hecho con su permiso o no, así como el contenido concreto de las imágenes, entre otros aspectos.
Si la víctima no ha consentido la grabación del vídeo, el artículo 197.1 del Código Penal contempla una pena de uno a cuatro años de cárcel y una multa de 12 a 24 meses para quien haya grabado el vídeo. La condena se verá incrementada, según recoge el artículo 197.3, con una pena de dos a cinco años de prisión si además de la grabación se ha procedido a la difusión de las imágenes captadas.
En ambos casos, estas penas se verán incrementadas si la víctima fuera menor de edad (artículo 197.5 del Código Penal). De tal modo que la condena que se estipula por la grabación no consentida ascendería a una pena de prisión de dos años y medio a cuatro años y una multa de 18 a 24 meses, mientras que para quien haya grabado y difundido, la condena podría ser de tres años y medio a cinco años. No obstante, estas penas serían inferiores para quienes, sin haber grabado el vídeo, lo hubieran difundido. En este supuesto, el castigo es inferior, oscilando entre una pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses (artículo 197.3). A estas penas también se les aplicaría la circunstancia agravante de la minoría de edad de la víctima, que elevaría la pena de dos a tres años y una multa de 18 a 24 meses.
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