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LALIGA

"Fijar los días y los horarios es competencia de LaLiga"

La Audiencia da la razón a Javier Tebas y pone otra vez sobre la mesa el fútbol de los lunes. Revolcón judicial a la RFEF de Luis Rubiales.

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"Fijar los días y los horarios es competencia de LaLiga"

La Audiencia Provincial de Madrid ha fallado que LaLiga "ostenta la organización y fija el calendario de la competición profesional con la supervisión de la RFEF". Por ello la negativa a la ratificación por parte de la RFEF debe ser siempre motivada.

Esta sentencia responde al recurso presentado por LaLiga contra el fallo del Juzgado 12 de lo Mercantil del pasado mes de agosto en el conflicto por el partido de los lunes. Pero el Tribunal de la Sección 28 de la Audiencia Provincial va más lejos puesto que señala que "la RFEF asume una función siempre encaminada a un fin de coordinación, sin que supla o autorice de modo general las decisiones que corresponden al organizador", que es LaLiga.

Los jueces, en una sentencia muy dura contra la RFEF, dictan que se puede jugar los lunes y aclaran de forma rotunda que es LaLiga la que fija el calendario. También dejan claro, con respecto a las competencias de la RFEF, que "la coordinación" del calendario, competencia de la RFEF, "no es el derecho de autorizar o prohibir y mucho menos vetar". Y añade que la coordinación no supone "que las competencias de LaLiga queden en manos de la RFEF, ni una doble competencia que permita ejercer una especie de derecho de veto". Por si fuera poco, señalan que la RFEF se limita a manifestar que no se "opone", siempre que perciba una compensación por la "autorización", lo que probaría que no se está ejerciendo la coordinación sino que está persiguiendo un objetivo económico.

La RFEF respondió a la sentencia con un comunicado en el que asegura que "dado que el Juzgado de lo Mercantil ha resuelto ya el fondo del asunto mediante la sentencia del 27 de mayo de la pasada semana, las decisiones sobre las medidas cautelares perdidas por la Liga y recurridas por la misma ante la Audiencia ya no deberían tienen efecto".

Pero, por otra parte, el Artículo 744 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que "oída la parte contraria y con anterioridad a remitir los autos al órgano competente para resolver el recurso contra la sentencia, resolverá lo procedente sobre la solicitud, atendiendo a la subsistencia de los presupuestos y circunstancias que justificasen el mantenimiento o la adopción de dichas medidas", lo que, según LaLiga, les da la posibilitad de insistir en su derechos sobre el calendario y sobre el fútbol de los lunes ya que "la sentencia dictada por el juez Sánchez Magro no es firme, y al no ser firme se podrían modificar las medidas cautelares en la linea de los dictado por la Audiencia Provincial de Madrid".

Consulta el auto de la Audiencia Provincial de Madrid