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REAL MADRID 1-LEVANTE 1

El acta acerca a Marcelo a una sanción mínima de dos partidos

El colegiado le expulsó, según consta en el acta, por "dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado
Cruz Azul – Tijuana en vivo: Liga MX, jornada 4 del Clausura 2019

El acta acerca a Marcelo a una sanción mínima de dos partidos
SUSANA VERAREUTERS

Marcelo puede ser suspendido por cuatro partidos atendiendo a la redacción del acta de Hernández Hernández, que le mostró la tarjeta roja por golpear a Lerma cuando ambos cayeron al suelo tras un lance del juego. El acta dice lo siguiente: "En el minuto 89, el jugador (12) Vieira Da Silva Junior, Marcelo, fue expulsado por el siguiente motivo: dar una patada a un adversario en la espalda, no estando el balón a distancia de ser jugado".

En una interpretación benévola podría incardinarse el hecho en el artículo 123 relativo a la violencia en el juego y que habla de una sanción entre uno a tres partidos. "Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".

Tomando como referencia este artículo y el 114 de las expulsiones directas, nos situaríamos en un mínimo de dos partidos para el lateral madridista. Porque este último articulado del actual Código disciplinario federativo deja claro que toda expulsión motivada por una acción donde no haya posibilidad de jugar el balón deberá ser castigada con dos encuentros. "En aquellos casos en que la expulsión del terreno de juego se deba a situaciones en que el futbolista no hubiera tenido posibilidad de disputar el balón, la suspensión será de al menos, dos partidos".

Si el Comité de Competición considera su acción como agresión puede ser castigado con cuatro partidos de suspensión. Así está recogido en el artículo 98 del Código Disciplinario de la Federación. "Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos".

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