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SENTENCIA A FAVOR

La Audiencia desestima la demanda de Florentino contra AS, Relaño y Gay de Liébana

El ponente de la Audiencia Provincial ha anulado la sentencia emitida en primera instancia por el juez al entender que no existe intromisión ilegítima contra el honor.

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La Audiencia desestima la demanda de Florentino contra AS, Relaño y Gay de Liébana

La Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por Florentino Pérez y ACS contra el Diario AS, su director Alfredo Relaño y el economista José María Gay de Liébana por intromisión ilegítima contra el honor. En la sentencia, fechada el 19 de diciembre y notificada el viernes, el ponente del Tribunal, don José Ignacio Zarzuelo, anula la sentencia emitida en primera instancia por el juez Francisco Serrano Arnal, que daba la razón a los demandantes, y concluye “la ausencia total de expresiones injuriosas, difamantes o vejatorias en el contenido de lo publicado”, condenando a Florentino Pérez y ACS, además, al pago de las costas del litigio.

Florentino Pérez y ACS presentaron una demanda a raíz de una entrevista publicada en dos entregas por AS con el economista Gay de Liébana, el 25 y 26 de septiembre de 2014, en la que éste realizaba un análisis exhaustivo de las cuentas del Real Madrid. En la misma, daba su opinión sobre algunas de las últimas contrataciones del equipo blanco: “Se fichó a James y a ACS se le asignó (en Colombia) una gran obra, una autopista, por la que va a facturar 696 millones de euros (…). Luego tenemos el tema de Chicharito. El día que se anunció conocimos la maqueta del nuevo aeropuerto de México DF: 9.000 millones de dólares que buscan constructora (…). Y también se habla de que en Costa Rica se van a abordar unos grandes proyectos (…) de obra pública, y Keylor Navas está en la portería del Madrid”. Sobre esta relación de hechos ya habían aparecido informaciones en diferentes medios de comunicación en fechas anteriores a la publicación de la entrevista e incluso un socio había preguntado por ello en la Asamblea del club.

Florentino Pérez y ACS incluyeron también en la demanda al Diario AS y a su director Alfredo Relaño, en este último caso por un artículo suyo escrito el 23 de septiembre de 2014 (pueden leerlo íntegro a la derecha, donde está subrayado en amarillo la frase que fue objeto de la demanda y bajo el mismo la dura respuesta de la Audiencia a los demandantes).
El Tribunal de la Audiencia Provincial, en un extenso fallo de 20 folios (elaborado por tres jueces, José María Guglieri, Ángel Luis Sobrino y el ponente José Ignacio Zarzuelo), se muestra contundente con respecto a la sentencia anterior del juez Francisco Serrano Arnal que daba la razón a los demandantes: “La insuficiente fundamentación jurídica (…) parece asumir sin más el relato de la demanda sin hacer referencia a prueba alguna que conduzca a alcanzar la conclusión de que se ha vulnerado el derecho al honor (…)”. Y es más contundente aún a la hora de negar que lo publicado haya supuesto una intromisión en el derecho al honor de Florentino Pérez: “Nos encontraríamos ante un panorama en el que el derecho al honor de Florentino Pérez debiera ser no sólo superior al del común de los mortales, inmune a la más leve crítica, sino extraordinariamente reforzado en relación con el de cualquier personaje de relevancia pública”.

Tampoco pasa por alto el ponente José Ignacio Zarzuelo que “el Ministerio Fiscal se opuso al recurso” de los demandados tras el primer fallo judicial a favor de ACS, “señalando la conformidad a derecho de la sentencia”. Una circunstancia curiosa cuando, durante el juicio celebrado en el Juzgado de Primera Instancia nº16 (cuyo fallo ha sido decretado ahora nulo), la misma fiscal pidió que se desestimara la demanda.

“Además, ha de tenerse en cuenta que con bastante antelación a las difusiones a las que se contrae el litigio”, continúa argumentando el Tribunal de la Audiencia Provincial en su sentencia, “ya se habían producido bastantes publicaciones y manifestaciones (...) con referencia a la relación entre los fichajes de los jugadores internacionales del Madrid y los intereses estratégicos de la constructora ACS, en publicaciones de ámbito nacional e internacional”. Sin embargo, Florentino Pérez sólo demandó a este periódico, a su director y al entrevistado Gay de Liébana. “Por lo que resulta insostenible el pretender instrumentar la existencia de una especie de campaña con atribución de la misma a los demandados cuando ya existía precedentemente una amplia difusión sobre contenidos similares”.

Sobre la demanda desestimada contra el economista Gay de Liébana por su entrevista, la sentencia de la Audiencia afirma: “En modo alguno cabe extraer que se esté achacando cualquier tipo de ilicitud en la contratación de obra pública, tratándose más bien en el marco de un extenso análisis económico y contable del club (…)”. Y añade que la demanda de Florentino y ACS a AS se sustenta con el “escaso bagaje de una entrevista al Sr. Gay de Liébana publicada en diversos formatos, en la que la mayor parte de su contenido (el de la entrevista) se dedica a otros menesteres y se aborda de soslayo la cuestión objeto de controversia”. En la reproducción de la entrevista que ilustra este texto pueden observar que en los titulares no se destacó el objeto de la demanda.

La sentencia obliga a Florentino y a ACS a pagar las costas del juicio en primera instancia y desestima íntegramente su demanda inicial. Contra esta sentencia cabe recurso al Supremo.

Esta es la sentencia íntegra de la Audiencia Provincial a favor de AS, Relaño y Gay de Liébana

Lo que dice el Tribunal sobre la demanda a Alfredo Relaño: "Es particularmente desafortunada..."

En cuanto a la demanda de Florentino y ACS desestimada contra el director de AS, Alfredo Relaño, por un artículo escrito el 23 de septiembre de 2014, el Tribunal de la Audiencia Provincial sentencia: “Y es precisamente en relación al mencionado artículo de opinión que se encuentra particularmente desafortunada la demanda en tanto que (…) nos encontramos ante un contenido que analiza simplemente en el ámbito deportivo la conveniencia de la sustitución de un guardameta por otro, utilizando además términos elogiosos sobre las cualidades de Keylor Navas (…) de la que simplemente no se puede extraer la intencionalidad que se desprende con la demanda”.