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¿Se pierde el bono joven de alquiler si cambias de casa y qué pasa si te mudas con los 250€?

El Bono Alquiler Joven obliga a comunicar el cambio de vivienda en un plazo máximo de 15 días desde el momento en el que se firma el nuevo contrato de arrendamiento.

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¿Se pierde el bono joven de alquiler si cambias de casa y qué pasa si te mudas con los 250€?
EFE EFE

El pasado martes 18 de enero el Consejo de Ministros aprobó el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, en el que incluía el bono joven que ayudará a pagar el alquiler a las personas que tengan entre 18 y 35 años.

En concreto, se trata de 250 euros mensuales para todos los jóvenes que pertenezcan a ese rango de edad y tengan unos ingresos anuales brutos inferiores a 24.318 euros. Además, es necesario que el alquiler total de la vivienda no supere los 600 euros, aunque las comunidades autónomas pueden ampliar el límite hasta los 900 euros si así lo deciden.

¿Qué pasa si me mudo y me concedieron la ayuda?

¿Qué ocurre si me mudo? Según el decreto, si se cambia de vivienda a una de la misma comunidad autónoma o ciudad autónoma que la anterior, se debe comunicar en un plazo máximo de 15 días desde el momento en el que se firma el nuevo contrato de arrendamiento.

El decreto señala que "la persona beneficiaria no perderá el derecho a la subvención por el cambio siempre que con el nuevo contrato se cumpla con todos los requisitos, límites y condiciones establecidos en este real decreto, y se formalice sin interrupción temporal con el anterior".

Cambios de vivienda a otra autonomía

En el caso de que la mudanza se produzca a otra comunidad autónoma, se deberá comunicar el cambio "al órgano concedente de origen en el plazo máximo de 15 días desde la firma del nuevo contrato". Será la nueva autonomía la que gestione la ayuda al alquiler según el nuevo contrato firmado, que deberá cumplir con todos los requisitos.

“En ambos casos (para mudanzas a la misma comunidad o a otra) se eleva el límite máximo, recogido en el artículo 8, de la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión en la nueva comunidad autónoma o provincia de destino hasta los 900 euros mensuales", indica el BOE.