CORONAVIRUS

Conducir con mascarilla: en qué casos es obligatorio y cuál es la multa por no llevarla en el coche

Por norma general, los usuarios de motos deben llevar siempre puesta la mascarilla. En el coche, obligatoria con no convivientes.

0
Conducir con mascarilla: en qué casos es obligatorio y cuál es la multa por no llevarla en el coche
Juan Herrero EFE

Hace casi un año desde que se decretó la pandemia del coronavirus y, por consiguiente, el estado de alarma en España. Con la desescalada, la mascarilla no tardó en llegar y, de hecho, su uso se volvió obligatorio el pasado mes de mayo. Desde entonces, la policía ha advertido de las multas que se pueden interponer cuando su uso no es correcto en los vehículos.

De hecho, el las motos, por normal general, el uso de las mascarillas es obligatorio y su ausencia -o mala colocación- puede acarrear multas a los usuario de hasta 100 euros. Lo mismo pasa en las coches: otros cien euros en caso de no usarse con no convivientes dentro del vehículo y 80 euros adicionales en caso de tener la mascarillas colgada del retrovisor. En los coches, en caso de multas, todos os ocupantes que no cumplan la normativa recibirán la multa pertinente.

Los convivientes: la excepción en los coches

Sin embargo, en los coches hay una excepción. Si viajas con convivientes, no es necesario llevar la mascarilla al ser del mismo ámbito familiar. Pero si hay un no conveniente entre los usuarios, todos deberán llevarla puesta para evitar multas de 100 euros por delito contra la salud pública.

Sin embargo, tal y como han indicado algunas comunidades autónomas de España, existe un límite de dos ocupantes por vehículo u, otras regiones, con un límite de cuatro personas -las mismas en casos de reuniones sociales-. Tampoco entran en la normativa los menores de 6 años ni las personas que padezcan una enfermedad respiratoria.

La mascarilla en el retrovisor: 80 euros de multa

Parece una tontería, pero te podría costar caro. Desde que se comenzó a usar la mascarilla, ya es habitual verlas tiradas o repartidas por todos los coches y, muchos, siguen colgándola del retrovisor. Por ello, la DGT ha impuesto multas de 80 euros si ven las mascarillas colgadas, ya que pueden molestar en la visualización del conductor y provocar un accidente en la carretera.

Pese a no haber ninguna normativa clara sobre las mascarillas colgadas del retrovisor, el Reglamento General de Circulación sí que indica que no debe haber ningún objeto en el habitáculo del coche que impida la perfecta visión. Sin embargo, llevarla por debajo de la barbilla, en el codo o en cualquier otro lugar del vehículo, sí está permitido, eso sí, en caso de ir solo o con convivientes. Eso sí, se recomienda guardar la mascarilla en un lugar seguro para que no se infecte debido al contacto con cualquier otro objeto.