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RENTA 22-23

¿Me puedo desgravar los donativos a una ONG en la Renta 2022-23 y en qué casillas se deducen?

La organización deberá enviar al colaborador un certificado fiscal para que este pueda deducirse entre un 35% y un 80% cuando haga la declaración.

Actualizado a
Dinero colombiano destinado a Devolución del IVA.
Colprensa

Este 11 de abril comienza la campaña de la Declaración de la Renta 2022 por internet, que se extenderá hasta el 30 de junio. Para realizarla presencialmente en alguna de las oficinas de Hacienda, está previsto que el periodo transcurra desde el 1 al 30 de junio.

Con la declaración, los ciudadanos deben rendir cuentas al fisco y pagar a la Agencia Tributaria en función de los ingresos que hayan obtenido durante un año. No obstante, a la hora de hacerla, también es posible deducirse ciertos gastos, lo que permite así un ahorro de impuestos a los contribuyentes. Entre los elementos que se pueden desgravar encontramos los donativos a alguna ONG. Para poder hacerlo, la organización sin ánimo de lucro debe remitirte un certificado fiscal de donaciones que recoja todas las aportaciones que has realizado en el último año. Esta deducción se consigna en la casilla 723 de la Renta.

Qué debe aparecer en el certificado fiscal

Según el artículo 24 de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, el certificado fiscal de donaciones debe contener, al menos, la siguiente información sobre el donante y la ONG con la que colabora.

- Datos del donante y la ONG: “El NIF y datos personales de identificación del donante y de la entidad donataria”.

- Confirmación de que la aportación es deducible: “Mención expresa de que la entidad donataria se encuentra incluida en las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002 (entidades beneficiarias del mecenazgo)”.

- Si el donativo es en dinero: “Fecha e importe del donativo que se realizó”.

- Si no se trata de donativos en dinero: “Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega del bien donado”.

- En qué empleará la ONG el donativo: “Destino que la entidad donataria dará al objeto donado en el cumplimiento de su finalidad específica”.

-Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de las donaciones”.

Cuánto es posible deducirse

Desde 2020, donar a alguna ONG permite desgravar hasta un 80% del dinero aportado, mientras que esta deducción tiene un límite de base liquidable del 10%. De los primeros 150 euros que done la persona, podrá deducirse el 80%, es decir, 120 euros. A partir de los 150 euros, es posible deducirse el 40% si ha donado en los dos ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anterior o el 35% en el resto de los casos. En el caso de las empresas, pueden desgravarte el 40% si han donado en los dos ejercicios anteriores o un 35% si llevan menos de dos años colaborando con esa ONG.

No obstante, es importante que tener en cuenta si la comunidad autónoma donde reside el donante está sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales. Por ejemplo, en el País Vasco y Navarra la deducción es del 20% y el 25%. Asimismo, es importante saber si la actividad en la que se colabora es considerada una actividad prioritaria de mecenazgo por la Ley 49/2002, ya que puede dar derecho a un mayor porcentaje de deducción.