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El Gobierno declara zona catastrófica a los territorios afectados por Filomena

Según ha informado Europa Press, el Consejo de Ministros habría aprobado la declaración de 'zona catastrófica' tras la revisión de daños en ocho comunidades.

El Gobierno declara zona catastrófica a los territorios afectados por Filomena
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El temporal ‘Filomena’ ocasionó grandes daños en muchas ciudades españolas debido a la cantidad de hielo y nieve acumulada, así como la caída de multitud de árboles que no pudieron soportar el peso de la gran nevada. Como consecuencia, muchos empleados no pudieron acudir a sus trabajos, al ser muy peligroso el uso del vehículo, y miles de niños aún no han podido acudir a las aulas.

Tras la revisión de daños, varias comunidades, entre ellas la Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha, solicitaron al Gobierno central la declaración de 'zona catastrófica' debido a los daños ocasionados en las vías y zonas públicas de varias localidades, ciudades y municipios.

Desde el Gobierno han estado evaluando los daños e informes emitidos por las comunidades autónomas y ya han tomado una decisión. Según han comunicado a Europa Press fuentes gubernamentales, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes la declaración de ‘Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil’ (zona catastrófica) para los territorios afectados por el temporal de nieve ‘Filomena’, un total de ocho comunidades. 

Ocho comunidades

La declaración de 'zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil' afecta a la Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Andalucía, Asturias, Aragón, La Rioja y Navarra, según fuentes gubernamentales de la Agencia Efe, aunque en los próximos días podría sumarse alguna región más, ya que el Ejecutivo ha tomado esta medida tras una primera valoración de los daños.

Almeida, agradecido con el Gobierno

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha agradecido este martes al Gobierno Nacional la decisión de declarar a la capital como ‘Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil’: ”Hace lo correcto", ha declarado. El Ayuntamiento de Madrid ha cifrado en 1.398 millones de euros los daños causados en la ciudad tras la gran nevada.

Aguado quiere verlo sobre el papel

El vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio Aguado, ha señalado esta mañana: ”Todas las ayudas son pocas, son necesarias. Hay que ser prudente y no ofrecer una valoración hasta conocer el detalle de lo aprobado por el Ejecutivo central ya que no sería la primera vez que se aprueba algo y sobre el papel es otra", ha declarado en una entrevista para 'Telemadrid'.

“Vamos a ver en qué consiste esa declaración, a qué municipios afecta... Vamos a conocer el detalle y, a partir de ahí, haremos una valoración. Si ya veníamos tocados por la crisis relacionada por la COVID, a nivel económico, esta borrasca ha terminado por suponer la ruina para miles de negocios, explotaciones ganaderas y agrícolas y establecimientos que se han visto afectados", ha concluido el vicepresidente.

Zona catastrófica

Zona catastrófica se refiere a 'zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil', tal y como se establece en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. La declaración o no de este estado está recogida en el capítulo V de dicha legislación, que en su artículo 23Procedimiento de declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civilseñala:

1. La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil prevista en esta ley se efectuará por acuerdo de Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior y, en su caso, de los titulares de los demás ministerios concernidos, e incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada.Dicha declaración podrá ser solicitada por las administraciones públicas interesadas. En estos supuestos, y con carácter previo a su declaración, el Gobierno podrá solicitar informe a la comunidad o comunidades autónomas afectadas.

2. A los efectos de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civilse valorará, en todo caso, que se hayan producido daños personales o materiales derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada o cuando se produzca la paralización, como consecuencia del mismo, de todos o algunos de los servicios públicos esenciales.