ECONOMÍA

Ayuda de 430 euros del SEPE: requisitos, nuevos plazos para pedir el subsidio y cómo solicitar

Te contamos cómo pedir la ayuda de 430 euros del SEPE: requisitos, quiénes pueden solicitarlo, los nuevos plazos y procedimientos para acceder el subsidio.

Ayuda de 430 euros del SEPE: requisitos, nuevos plazos para pedir el subsidio y cómo solicitar
Eduardo Parra - Europa Press - Archivo Europa Press

Los trabajadores que hayan agotado su prestación contributiva de paro, el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción entre el 14 de marzo y el 30 de junio dispondrán de un plazo adicional de un mes para poder solicitar el subsidio especial de 430 euros mensuales que aprobó el Gobierno a principios del pasado mes de noviembre. El plazo para la nueva solicitud comienza hoy, 25 de diciembre. 

El citado pudo pedirse desde el 6 al 30 de noviembre y ahora se abre un nuevo periodo, de un mes, para poder solicitarlo. La nueva medida ha sido incluida en el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria.

La idea es que estas prestaciones lleguen a aquellas personas que hayan agotado su seguro de desempleo entre la declaración del estado de alarma ante la pandemia y el pasado 30 de junio, según informó el Ministerio de Trabajo. Una petición demandada por los sindicatos ya que, las ayudas que nacieron durante la pandemia (como ERTE o prestaciones a las empleadas del hogar) dejaran fuera a un colectivo mayoritario: los que se quedaban sin trabajo debido a esta crisis económica que ha provocado el coronavirus y que, debido a las restricciones y el estado de alarma, no podían encontrar otro empleo. 

Personas beneficiarias

Las personas que pueden acceder a esta ayuda, según están publicados en la página del SEPE son las siguientes:

-Quienes hayan agotado la prestación contributiva entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive y que no tengan derecho a ningún otro subsidio.

-Quienes hayan agotado entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, alguno de los subsidios siguientes: El subsidio por desempleo en cualquiera de las modalidades reguladas en el capítulo III del título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; Subsidio extraordinario de desempleo (SED); Subsidio de cotizaciones insuficientes; y Renta activa de inserción.

Requisitos

Los requisitos para solicitar esta ayuda, según están publicados en la página del SEPE son los siguientes:

-Estar en desempleo total e inscrito como demandante de empleo.

-Haber agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y carecer del derecho a estas prestaciones o ayudas.

-Las personas que hubieran agotado una prestación contributiva y estuvieran en el mes de espera de acceso al subsidio por desempleo podrán acceder a este subsidio y posteriormente al de agotamiento; en estos supuestos se descontará del subsidio de agotamiento el tiempo que se haya cobrado de subsidio extraordinario. 

-No ser beneficiario de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública.

-En caso de haber trabajado por cuenta ajena tras la extinción del último derecho reconocido, haber cesado en dicho trabajo con situación legal de desempleo.

-No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

Plazos y cómo solicitar la ayuda del SEPE

Después de que en el plazo indicado solo pudieran acceder a la ayuda 114.000 personas, el Ministerio de Trabajo ha ampliado durante 30 días más la posibilidad de acceder a esta ayuda. Así, se podrá solicitar desde hoy 25 de diciembre hasta el 25 de enero.

Para solicitar el subsidio, simplemente bastará con acudir a la sede electrónica del SEPE, donde se podrá tramitar la ayuda. También se podrá solicitar en la oficina de prestaciones, mediante cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono. 

Dicho subsidio, de naturaleza económica, será equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento y su duración máxima será de 90 días, es decir, tres meses.