Una comunidad de vecinos absuelta de pagar 5.723 euros por los daños a un propietario tras desbordarse el agua de la piscina
Un trabajador de mantenimiento se dejó abierta la válvula de llenado y el agua llegó hasta una de las viviendas.

Tener unas piscina en la comunidad suele ser sinónimo de diversión y bienestar. Sin embargo, es un arma de doble filo, pues pueden llevar a disputas y enfrentamientos entre vecinos. Especialmente si hay un accidente, como el ocurrido en una comunidad de vecinos de Atarfe, Granada.
El vecindario contrató a una empresa para el mantenimiento de la piscina, pero uno de los trabajadores se olvidó de cerrar la válvula de llenado haciéndo que el agua de desbordase. Como resultado, el agua alcanzó una de las casas, causando daños en la propiedad de una de las vecinas.
La reclamación de la vecina
La mujer copropietaria y ocupante del piso demandó a la comunidad de vecinos porque el agua había causado daños en el salón, dormitorio, baño, pasillo, tarima y pintura de la casa. Reclamó una indemnización de 5.723 euros, pero la comunidad se opuso al pago alegando que la causa del accidente venía de una persona ajena a ella.
Es decir, el resto de vecinos se defendió diciendo que el error era del empleado de la empresa externa y que, por lo tanto, la comunidad no era responsable de los daños y por lo tanto no debía indemnizar a la propietaria.
Resolución judicial
La Audiencia Provincial de Granada desestimó la demanda de la propietaria. De esta forma, la comunidad de vecinos no debe pagar 5.723 euros por los daños. Según el Tribunal de Justicia, “la legitimación corresponde a la empresa de mantenimiento” y no es posible imputar responsabilidad alguna a la comunidad de propietarios.
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