Un Juzgado obliga a la Seguridad Social a dar una pensión de 1.023,88 por incapacidad a una trabajadora con la ‘espalda fallida’
Se reconoce la incapacidad absoluta a una trabajadora con síndrome de espalda fallida.

Una trabajadora española de 52 años ha logrado que la Justicia reconozca su derecho a una pensión de incapacidad permanente absoluta tras ser diagnosticada con el síndrome de espalda fallida, una dolencia que le impide realizar cualquier tipo de actividad laboral.
La afectada, que ejercía como auxiliar de cocina, sufrió problemas lumbares severos que la llevaron a someterse a una intervención quirúrgica de artrodesis lumbar en 2022. Esta operación consiste en la fusión de varias vértebras con el objetivo de reducir el dolor y estabilizar la columna. Sin embargo, lejos de mejorar su situación, desarrolló el denominado “síndrome de espalda fallida”, un trastorno caracterizado por la persistencia del dolor crónico tras una cirugía de columna.
Tras su operación y la aparición de nuevas limitaciones funcionales, la trabajadora solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, lo que le permitiría recibir una pensión correspondiente al 100% de su base reguladora. Sin embargo, el organismo solo le concedió una incapacidad permanente total para su profesión habitual, argumentando que aún podría desempeñar otros trabajos menos exigentes físicamente.
Inconforme con esta decisión, la afectada decidió llevar su caso ante los tribunales, reclamando el reconocimiento de la incapacidad absoluta, ya que su condición médica le impedía realizar cualquier tipo de actividad laboral, incluso aquellas de carácter sedentario.
El Juzgado de lo Social de Madrid analizó las pruebas médicas presentadas y concluyó que la demandante sufría limitaciones físicas y funcionales severas, que hacían inviable su desempeño en cualquier puesto de trabajo. En la sentencia, el juez dictaminó que la Seguridad Social debía reconocerle la incapacidad permanente absoluta, lo que supone el derecho a una pensión de 1.023,88 euros mensuales, cantidad equivalente al 100% de su base reguladora.
La sentencia destaca que el síndrome de espalda fallida es una patología que genera un dolor crónico incapacitante, lo que convierte en inviable el desempeño de cualquier actividad laboral, incluso aquellas que requieren poco esfuerzo físico. El tribunal subrayó que el dolor persistente y la reducción de movilidad afectaban de manera drástica la calidad de vida de la trabajadora y que las soluciones médicas disponibles no habían logrado mitigar significativamente su padecimiento.
El síndrome de espalda fallida
El síndrome de espalda fallida es una complicación frecuente en pacientes sometidos a cirugía de columna. Se estima que entre un 10% y un 40% de las personas operadas de la espalda pueden desarrollar esta condición, caracterizada por un dolor persistente e incluso mayor al que tenían antes de la intervención.
Entre sus principales síntomas se encuentran: dolor crónico que no responde a tratamientos convencionales, sensación de rigidez y limitación de movimientos, debilidad en las extremidades inferiores, dificultad para estar de pie o sentado durante periodos prolongados, reducción de la capacidad funcional y de la calidad de vida. Los expertos coinciden en que este síndrome puede afectar gravemente la vida laboral y personal de quienes lo padecen, ya que limita su autonomía y genera la necesidad de medicación constante para el control del dolor.
No es la primera vez que los tribunales revocan una decisión del INSS en casos similares. En los últimos años, múltiples sentencias han reconocido la incapacidad permanente absoluta a trabajadores con patologías como fibromialgia, esclerosis múltiple o enfermedades degenerativas, reafirmando la necesidad de que la Seguridad Social tenga en cuenta no solo los diagnósticos médicos, sino también la funcionalidad real de los pacientes.
El fallo a favor de esta auxiliar de cocina podría servir como precedente para otras personas que padecen el síndrome de espalda fallida y que han visto rechazada su solicitud de incapacidad absoluta. La sentencia refuerza la idea de que este trastorno, cuando es grave y persistente, puede ser motivo suficiente para impedir cualquier tipo de trabajo, incluso aquellos que no requieren esfuerzo físico.
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