Un abogado laboralista señala los tres supuestos en los que te puedes ir de la empresa con la indemnización y paro
Según explica en TikTok el abogado Juanma Lorente, en caso de cambios de horario, funciones o sueldo, puedes irte de la empresa con indemnización y paro. Esta sería de 20 días por año trabajado.

Tal y como reconoce la legislación laboral en España, aquellos trabajadores que abandonen su empleo de forma voluntaria no podrán percibir la prestación por desempleo. Sin embargo, existen excepciones en los cuales un empleado puede marcharse con indemnización y derecho a paro.
Por ejemplo, cuando se producen modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo. Es decir, cuando se producen cambios en el horario, cambios en las funciones a desarrollar dentro de la empresa o en el salario. Según explica en TikTok el abogado laboralista Juanma Lorente, en este escenario, el trabajador tiene derecho a irse de su trabajo con una indemnización de 20 días por año trabajado, y un máximo de nueve mensualidades.
@juanmalorentelaboralista ✅ LA FORMA MÁS FÁCIL Sí te hacen una modificación sustancial, puedes marcharte de la empresa con 20 días por año y con paro. #Trabajo #indemnizacion #trabajadores #derechos
♬ sonido original - JuanmaLorente_Laboralista
“Si estás un poco quemado en la empresa y te han cambiado tu horario, las formas de pagarte, o incluso tus funciones, te aconsejo que te vayas con indemnización”, explicó en el video. Además, en el Estatuto de los Trabajadores, en el tercer punto del artículo 41, se especifica que las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y con una antelación de, al menos, quince días.
Estas se podrán llevar a cabo siempre que existan “probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción”, según reconoce la mencionada normativa. Deben estar relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica en la empresa. Pueden afectar las modificaciones sustanciales al sistema de remuneración y cuantía salarial, y al sistema de trabajo y rendimiento.
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