Se da un festín en un mesón y gasta 3.000 euros en gasolina y peajes: la justicia actúa y le da la razón a Pescanova
La empresa alegó que el trabajador cargó a la compañía 68 comidas y dinero en gasolina y peajes injustificadamente.

El Tribunal Supremo ha confirmado la procedencia del despido de un directivo de Pescanova que ocupaba el cargo de director comercial de producto fresco desde 1995. La empresa justificó su decisión al descubrir que el empleado había cargado a la compañía gastos personales injustificados, incluyendo 68 comidas de grupo y más de 3.000 euros en combustible y peajes en un periodo de ocho meses.
Entre mayo de 2021 y enero de 2022, el empleado registró gastos de combustible que ascendieron a 3.736 euros, lo que equivaldría a recorrer aproximadamente 31.000 kilómetros en ese periodo. Además, se identificaron 68 comidas de grupo por un total de 8.074 euros, de las cuales el 62% se realizaron en un restaurante cercano a su domicilio. Muchas de estas comidas se llevaron a cabo durante fines de semana y contaron con la participación de amigos personales del directivo y empleados de otras empresas sin relación directa con Pescanova.
La auditoría interna también reveló que realizaba múltiples repostajes el mismo día o en días consecutivos en dos vehículos diferentes, uno de gasolina y otro de gasóleo. Además, se detectaron gastos en peajes y estacionamientos durante los fines de semana que no estaban justificados por actividades laborales.
Tras detectar estas irregularidades, Pescanova inició un expediente disciplinario en febrero de 2022, que culminó con el despido del directivo, quien impugnó la decisión, pero tanto el Juzgado de Primera Instancia como el Tribunal Superior de Justicia de Galicia desestimaron su demanda, considerando que los hechos constituían un incumplimiento grave de las normas internas de la empresa. El Tribunal Supremo ratificó esta decisión al inadmitir el recurso de casación presentado por el exdirectivo, al no encontrar contradicciones relevantes entre las sentencias invocadas como contraste y la emitida en su caso.
El fallo del Tribunal Supremo refuerza la posición de las compañías para actuar contra conductas que vulneren esta confianza, estableciendo un precedente para futuros casos similares.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí
Rellene su nombre y apellidos para comentar
Tu opinión se publicará con nombres y apellidos