Sociedad

Mercadona le baja el salario y un juez le indemniza con 30.000 euros por considerar una represalia: discriminación por derechos

La medida de reclasificar a la empleada en una categoría inferior fue declarada nula por el Juzgado de lo Social número 1 de Guadalajara.

Un letrero de Mercadona, a 12 de septiembre de 2025, en Madrid (España). El cambio de horario de invierno en Mercadona ya se ha aplicado desde el 1 de septiembre de 2025. Las tiendas han dejado atrás el horario ampliado de verano y ahora siguen este horario estándar en toda España: de lunes a sábado de 09.00 a 21.30 horas y los domingos y festivos, cerradas, excepto algunas aperturas muy localizadas en zonas turísticas, que finalizan con el verano. Este ajuste implica que la hora de cierre se adelanta media hora respecto al verano y vuelve a la política tradicional de la compañía, priorizando la conciliación laboral y la previsibilidad para los clientes.
12 SEPTIEMBRE 2025;MERCADONA;HORARIO DE INVIERNO;LETRERO;TIENDA;
Ricardo Rubio / Europa Press
12/09/2025
Ricardo Rubio
Actualizado a

El Juzgado de lo Social número 1 de Guadalajara ha indemnizado con 30.000 euros a una trabajadora de Mercadona, después de que la compañía modificara sus condiciones de trabajo y fuese reclasificada en una categoría inferior, con una disminución salarial del 30%.

Una medida que fue declarada nula por el juez, al ser considerada como una represalia y una discriminación de sus derechos. Según informa el portal Economist & Jurist, todo se remonta al pasado mes de diciembre, cuando la empresa comunicó a la empleada su decisión de reclasificarla en otra categoría distinta a la que pertenecía.

Dicha decisión, según el mencionado medio, se produjo tan solo ocho años después de su ascenso al puesto que ocupaba. Ante esa situación, la trabajadora optó por emprender acciones legales contra la empresa, con el fin de reclamar sus derechos. Cabe destacar también la situación de la trabajadora en Mercadona, la cual pudo desempeñar las funciones que le correspondían pese a disponer de una reducción de jornada.

La empresa defendió en todo momento que la decisión de reclasificar a la empleada se debía a la necesidad de adecuar su situación a la que desempeñaba en la compañía. Pese a ello, el juzgado dictó que el horario de la trabajadora era compatible con las funciones de su puesto, y que la medida de Mercadona, en este caso, no está ajustada a Derecho.

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La reclasificación, por ende, fue declarada nula al entender el juzgado que “vulneraba derechos fundamentales” de la trabajadora. El litigio entre las partes llegó después de que la mujer interpusiera varios recursos contra la empresa al entender que vulneraba sus derechos. Dos de ellas, fueron estimadas a su favor.

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