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Le despiden de Starbucks por formar a un trabajador de VIPS, la cafetería denuncia y la justicia dicta sentencia con 19.000 euros

Empleado de Starbucks desde el año 2015, al gerente se le notificó su despido disciplinario en noviembre de 2023, acusándolo de cometer “faltas muy graves”

Empleado de Starbucks desde el año 2015, al gerente se le notificó su despido disciplinario en noviembre de 2023, acusándolo de cometer “faltas muy graves”
Igor Starkov (Pexels)
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado improcedente el despido de un gerente de la cadena de cafeterías Starbucks que formó a un trabajador de un establecimiento contiguo, un VIPS, que presuntamente deseaba abandonar su puesto para entrar a trabajar en el otro local, ambos pertenecientes al grupo Alsea, sin realizar los procedimientos pertinentes.

Así mismo, fue acusado de robar un ordenador de la empresa, que había dejado descuidado. Sin embargo, y pese a contar con una declaración escrita del trabajador del VIPS corroborando la irregular formación, la Sala de lo Social ha desestimado el recurso de suplicación de Starbucks, condenándola a readmitir al trabajador o, en su defecto, indemnizarlo con 18.778,13 euros.

Según explica Laura Zamora García, abogada del gerente, al medio Economist & Jurist, el trabajador del VIPS sí firmó un documento admitiendo los hechos, pero más tarde declaró que lo había hecho bajo coacción, “y negó que el gerente le hubiera facilitado hacer prácticas irregulares en la cadena”.

Empleado de Starbucks desde el año 2015, al gerente se le notificó su despido disciplinario en noviembre de 2023, acusándolo de cometer “faltas muy graves” contra la empresa.

De acuerdo con la carta de despido, el acusado había permitido de manera reiterada que el trabajador del establecimiento contiguo acudiera para realizar un proceso de formación y entrenamiento en la compañía, “sin el consentimiento ni conocimiento de sus superiores, estando totalmente prohibida”.

En adhesión, la empresa aseguró en el despido que el trabajador “cometió la negligencia de no prestar atención a una herramienta de trabajo tan importante como es el portátil de la unidad”, lo que implica una “pérdida total y continuada de la confianza”.

Sentencia del tribunal

Pese a la declaración firmada, el tribunal determinó que “aunque pueda estar documentada, se trata de una declaración testifical que, como tal, no puede ser revisada por la Sala en sede de suplicación”, sino que es competencia de juzgado de instancia.

Por otro lado, la sala dictaminó que los hechos fueron notificados por Starbucks debido a la denuncia de una jefa, que “un solo día” acudió al establecimiento y “se sorprendió de ver tras el mostrador a una persona con ropa de VIPS, que se estaba preparando una bebida”

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No se han acreditado los hechos de la carta de despido y sí, únicamente, que ese día el citado señor se estaba preparando una bebida, y sin que el demandante le hubiera autorizado a servir bebidas”, concluye el fallo del tribunal.

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