La despiden dos veces en ocho meses, recurre y la justicia dicta una indemnización de más de 25.000 euros
La empleada de una tienda de pinturas logra demostrar en los tribunales las represalias sufridas por defender sus condiciones laborales.

La historia de esta dependienta asturiana es un claro ejemplo de cómo la persistencia de la defensa de los derechos laborales puede frenar los abusos en el entorno de trabajo. En apenas ocho meses, la trabajadora de una tienda de pinturas fue despedida en dos ocasiones. Ahora, los tribunales le han dado la razón en ambos juicios, declarando nulos los ceses y condenando a la compañía a abonarle más de 25.000 euros en concepto de indemnizaciones y salarios atrasados.
Un primer despido como castigo por no cambiar de horario
Este “infierno” laboral comenzó en abril de 2024, cuando la empresa le comunicó un primer despido disciplinario alegando un supuesto descenso de su rendimiento. Sin embargo, el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo desmontó esta versión en septiembre de ese mismo año. La sentencia dejó claro que la compañía no pudo demostrar esa falta de rendimiento y que el despido fue, en realidad, un castigo porque la empleada se había negado a aceptar unos cambios de jornada que le exigían.
El juez ordenó su readmisión inmediata y condenó a la empresa a pagarle 5.000 euros por vulnerar sus derechos, además de abonar los salarios de tramitación (el dinero equivalente a las nóminas que dejó de cobrar desde el día de su cese hasta que el juez obligó a su reincorporación). La empresa tuvo que desembolsar más de 14.300 euros por este primer despido.
Acusaciones de robo sin pruebas y baja por ansiedad
A finales de septiembre de 2024, la trabajadora volvió a su puesto, pero la normalidad duró muy poco. A los pocos días, la empresa decidió trasladarla temporalmente a otra tienda en Gijón. A finales de octubre, la dirección le envió un correo acusándola de ser la responsable de la desaparición de varios botes y bidones de pintura en los locales donde había estado trabajando.
Ante esta presión constante, la dependienta sufrió una crisis y tuvo que coger una incapacidad temporal por un trastorno de ansiedad generalizada provocado por la tensión laboral, llegando a denunciar a la empresa ante la Inspección de Trabajo por atentar contra su dignidad profesional.
Estando de baja, a mediados de diciembre, la compañía ejecutó el segundo despido disciplinario, acusándola formalmente de robar mercancía y de haber insultado al gerente. Una vez más, el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo falló a favor de la trabajadora, al constatar que la empresa no aportó ni un solo inventario ni prueba objetiva que demostrara el supuesto robo o los insultos.
Protección frente a las venganzas empresariales
Para la Justicia, el contexto de este segundo cese es muy evidente. El juez consideró que se trataba de una represalia por haber ganado el primer juicio y haber acudido a la Inspección de Trabajo. Por ello, aplicó la garantía de indemnidad, un derecho fundamental que tiene como objetivo proteger a cualquier trabajador frente a despidos o castigos por parte de su empresa como venganza tras haber reclamado sus derechos por la vía legal o administrativa.
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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acaba de ratificar esta decisión, confirmando que el segundo despido también es nulo de pleno derecho. La empresa tiene que readmitirla de nuevo, pagarle los salarios que le debe y sumarle una nueva indemnización de 11.249,50 euros por daños morales. A la compañía ya solo le queda la opción de presentar un recurso de casación para la unificación de doctrina, un recurso excepcional ante el Tribunal Supremo que solo se admite si existen sentencias contradictorias previas sobre casos idénticos, con el fin de que el alto tribunal aclare cuál es la interpretación correcta.
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