Juanma Lorente, abogado laboralista: “La empresa no puede elegirte la mitad de las vacaciones”
Este experto recuerda que el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que las fechas deben fijarse por consenso.

Todos los veranos termina surgiendo la misma discusión en muchas empresas: ¿quién es el que decide las fechas de las vacaciones? Bastante gente piensa que la compañía puede imponer una parte de los días y dejar que el trabajador elija el resto. No obstante, según explica el abogado laboralista Juanma Lorente, esa idea no se ajusta a lo que establece la legislación laboral.
El experto ha abordado esta cuestión en un vídeo compartido a través de sus redes sociales, donde desmonta lo que considera uno de los mitos más extendidos en materia de derechos laborales. Según él, la empresa no puede elegirte la mitad de las vacaciones, ya que, aunque algunos empleados la den por válida, se trata de una práctica que no está contemplada en la ley como una decisión unilateral de la empresa.
La regulación de este derecho aparece en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece que el periodo de vacaciones debe fijarse de común acuerdo entre la empresa y el trabajador. Es decir, las fechas no pueden decidirse de manera unilateral por ninguna de las partes. El objetivo de la norma es que exista una negociación y un consenso antes de concretar los días de descanso anual.
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@juanmalorentelaboralista ❌ NO ES ASÍ ✈️🌴 ¿Sabías que la empresa NO puede imponerte la mitad de tus vacaciones? La Ley es clara: ✅ El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que las vacaciones se fijan de común acuerdo entre trabajador y empresa. ❌ No vale que la empresa decida unilateralmente cuándo te vas de vacaciones. 👀 Y ojo: tampoco puede imponerte la mitad y dejarte elegir la otra mitad. ⚖️ Si no hay acuerdo, será un juez quien determine las fechas, nunca la empresa de manera autoritaria. 👉 Así que recuerda: tus vacaciones no son un capricho, son un derecho. #vacaciones #trabajo #laboralista
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Si no hay acuerdo, las vacaciones las puede decidir un juez
Lorente señala que en algunas entidades se ha instaurado la costumbre de repartir las decisiones: quince días los fija la empresa y otros quince el trabajador. Según explica en su vídeo, este sistema solo sería válido si ambas partes lo aceptan voluntariamente. El problema surge cuando se convierte en una imposición empresarial y se presenta como si fuese una regla legal obligatoria.
El abogado también recuerda que, si no se alcanza un acuerdo sobre las fechas, existe un procedimiento legal para resolver el conflicto. En esos casos, el trabajador puede acudir a los tribunales para que sea un juez quien determine el calendario de vacaciones, valorando los argumentos de ambas partes y circunstancias concretas de la empresa y el empleado.
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Eso sí, es importante recordar que este tipo de reclamaciones tienen un plazo limitado. Tal y como avisa Lorente, el trabajador dispone de 20 días desde que la empresa comunica las fechas impuestas para presentar la demanda. Si se supera ese plazo, la posibilidad de recurrir judicialmente puede perderse. Por ello, el especialista insiste en que conocer este derecho es clave para aceptar decisiones que no se ajustan a lo que dicta la ley.
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