Hereda la mitad de una vivienda y el resto de los herederos le denuncia: la justicia interviene y demuestra el pago de 18.086 euros
La primera sentencia del caso se dio el 3 de junio de 2024, cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Alcañiz, Teruel, le dio la razón a M.

La Audiencia Provincial de Teruel ha desestimado la denuncia realizada por unos herederos contra un quinto, al que acusaban de incumplir el reparto de la herencia por considerar que la compensación ofrecida era insuficiente.
Los hechos ocurrieron tras el fallecimiento de una mujer que dejó en herencia una propiedad. Durante la aceptación del reparto de la herencia, Maximino reclamó, en virtud de la herencia, la mitad indivisible de la vivienda, con un valor de 18.086 euros.
El y los demás herederos acordaron que el hombre debía pagar la diferencia a los otros herederos como compensación por su parte, lo que pareció dar a entender que ellos “se daban por pagados en sus derechos hereditarios”.
Sin embargo, los otros cuatro, al no presentarse recibos que lo constataran, consideraron que el pago no se había realizado correctamente y demandaron a Maximino, solicitando el 50% del valor de la vivienda.
Primera sentencia
La primera sentencia del caso se dio el 3 de junio de 2024, cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Alcañiz, Teruel, desestimó la demanda asegurando que las evidencias demostraban que M. sí había cumplido con su parte del acuerdo y sí había compensado a los demás herederos.
En respuesta, los otros cuatro herederos elevaron la disputa a la Audiencia Provincial de Teruel, afirmando que el juzgado de instancia no había valorado las pruebas correctamente al no aportarse recibos de pago. Así mismo, trataron de incrementar la demanda solicitando daños y perjuicios derivados de la falta de pago.
Tras examinar el recurso de apelación, el juez ha confirmado la primera sentencia. Según el tribunal, la compensación en metálico sí estaba correctamente reflejada en la escritura de aceptación, por lo que no es necesario aportar recibos de pago.
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