Sociedad

Este es el ruido que realmente tienes que soportar de tus vecinos según la ley

La normativa, regulada por cada municipio, diferencia entre horarios diurnos y nocturnos. Las sanciones por superarlo llegan hasta los 3.000 euros.

Este es el ruido que realmente tienes que soportar de tus vecinos según la ley
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Raúl Izquierdo
Nació en Villanueva de Alcardete en 1990. De La Mancha al Diario AS. Graduado en Periodismo y Comunicación Audiovisual, siempre tuvo claro que lo suyo eran las letras. Antes de formar parte de AS pasó por Marca Plus, Grupo V y Marca. En 2019 llega a AS y, tras pasar por la web, la pandemia le coloca en Actualidad. La fotografía, su otra afición.
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La convivencia vecinal resulta, en ocasiones, complicada. La llegada del verano, con las barbacoas en el patio o las noches ‘al fresco’ con los vecinos, son caldo de cultivo para que algunas personas de nuestro barrio puedan sentirse molestas. El ruido es algo delicado de gestionar, y cuando a situación se repite durante varios días uno puede llegar a explotar y, en última instancia, informar a las autoridades.

Porque sí, también dentro del ruido hay unos límites. Y, si se superan, podemos llevarnos alguna sorpresa (como ha ocurrido en el Santiago Bernabéu por los conciertos). Por tanto, es conveniente estar al tanto de la normativa vigente para evitar incurrir en contaminación acústica para con tu vecindario. El artículo 3 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, define la contaminación acústica en los siguientes términos.

“Presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o para los bienes de cualquier naturaleza, o que causen efectos significativos sobre el medio ambiente”. Esta misma ley es la que regula la contaminación acústica. Aunque, finalmente, son las ordenanzas municipales de cada localidad las que establecen los límites máximos.

Por tanto, lo ideal es consultar la ordenanza municipal de la localidad donde nos encontremos. En Madrid, por ejemplo, se establecen diferentes franjas horarias, tal y como recoge Legálitas.

Horarios para la contaminación acústica en Madrid

  • Horario diurno: entre las 7:00 y las 19:00.
  • Horario vespertino: entre las 19:00 y las 23:00.
  • Horario nocturno: entre las 23:00 y las 7:00.

Cada una de estas franjas, no obstante, cuentan con un número máximo de decibelios que no se deben superar. Por lo general, durante el día el máximo oscila entre los 35 y los 45 decibelios, mientras que en la franja de la noche se reduce a 30-35 decibelios como máximo.

Obras en casa

Uno de los ruidos que más molestan es de las obras en casa. De repente, te encuentras un domingo intentando descansar cuando, a primera hora de la mañana, escuchas al vecino manitas encendiendo el taladro. ¿Es legal? La normativa fija un horario para este tipo de cuestiones, estando permitido hacer obras de lunes a viernes desde las 8:00 de la mañana hasta las 21:00 horas de la tarde, en días laborables. En caso de usar maquinaria, la hora de finalización es a las 20:00.

En cuanto a los fines de semana y festivos, el horario es más reducido: desde las 9:30 de la mañana hasta las 21:00 horas. El límite máximo de decibelios es de 50 en horario diurno, puesto que por la noche no están permitidas las obras.

Sanciones

Sin embargo, no resulta fácil comprobar que un vecino está haciendo más ruido del permitido. Para ello debemos acudir a la policía local, para que lo mida con un sonómetro, o bien a través de empresas especializadas. En caso de que efectivamente lo supere, se podría enfrentar a diferentes sanciones económicas.

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Aunque cada municipio cuenta con su propia normativa, las multas por exceso de ruido o por no respetar el horario de obras pueden ir desde los 600 euros hasta los 3.000. Siguiendo con el ejemplo del Ayuntamiento de Madrid, hay tres tipos de infracciones: leves (hasta 750 euros de multa si se supera el máximo en 4 decibelios), graves (gasta 1.500 si se supera el máximo entre 4 y 7 decibelios) y muy graves (hasta 3.000 euros si se supera el límite en más de 7 decibelios).

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