Despiden a un conductor por “causas objetivas”: lo declaran improcedente y aumenta su indemnización más de 30.000 euros
De acuerdo con el fallo del tribunal, “no consta aportada la carta de despido”, lo que implica un incumplimiento de los requisitos formales del despido.

El Juzgado de lo Social N.º 5 de Madrid ha determinado que el despido de un conductor de la empresa Nayzan CTM se realizó de forma improcedente, por lo que deberá ser indemnizado con casi 35.000 euros.
De acuerdo con el fallo del tribunal, “no consta aportada la carta de despido”, lo que implica un incumplimiento de los requisitos formales suficientemente grave como para que se determine la improcedencia del despido.
“Lo único que consta es que el despido obedeció, según el documento de liquidación y finiquito, a causas objetivas. El incumplimiento de los requisitos formales en el presente caso es más que suficiente para fundamentar la declaración de improcedencia”, asegura el juzgado.
Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2024, cuando Nayzan CTM comunicó al trabajador su despido por lo que determinaron son “causas objetivas”, y se le informó de que iba a ser indemnizado con 3.800 euros debido a su antigüedad en la empresa.
Según señala el fallo del tribunal, la empresa se encuentra actualmente cerrada, por lo que la readmisión no puede producirse y la única vía para compensar al empleado es a través de un aumento significativo de su indemnización inicial.
La sentencia del juzgado responde al artículo 110.1b de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que determina que “si la empresa ha cerrado y no es posible la readmisión, el trabajador puede solicitar que la indemnización sea hasta la fecha de la sentencia, y el pago de salarios de tramitación. Así que la empresa queda obligada a pagar como si el trabajador hubiera trabajado hasta ahora», explica Ignacio Palomar Ruiz, el responsable del caso.
Indemnización de 35.000 euros
La magistrada responsable del caso ha concluido que la empresa debe abonar un total de 29.000 euros, que corresponder a la indemnización por despido improcedente, y a los salarios de tramitación.
Así mismo, como la empresa no había abonado la liquidación ofrecida al empleado, por lo que ahora, a los 3.792 euros, se le suma un interés del 10% por mora. En total, Nayzan CTM deberá pagar al empleado cerca de 35.000 euros.
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