NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ACTUALIDAD

Pensiones por incapacidad permanente en 2023: cuantías máximas y mínimas para el próximo año

Se estima que la pensión media de incapacidad permanente pueda aumentar casi 100 euros al mes. La pensión media de incapacidad en 2022 es de 1.019 euros; mientras que se espera que se sitúe en 1.106 euros en 2023.

Actualizado a
incapacidad laboral

El gobierno de España ha decidido incluir en los Presupuestos Generales el Estado (PGE) una subida del 8,5% conforme al IPC interanual en todas las pensiones contributivas y no contributivas. Una cifra que contempla la revalorización y se lleva a cabo de acuerdo con la inflación media que se registre entre los meses de diciembre de 2021 y noviembre de 2022.

El gobierno reservará por ahora a ese fin una partida de 190.687 millones de euros, lo cual supone un 11,4% más que el gasto que se presupuestó para el 2022. Esta subida también repercutirá en las pensiones derivadas por incapacidad permanente y a los cuatro grados que contempla el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

11,8 millones de pensionistas y perceptores de prestaciones conservan o aumentan su poder adquisitivo: los beneficiarios de pensiones contributivas y no contributivas, los de Clases Pasivas, los hogares que reciben el Ingreso Mínimo Vital y los perceptores de prestaciones por hijo a cargo con discapacidad. Son uno de cada cuatro españoles. De media, son 1.500 euros más al año.

Previsión para 2023

Con todo ello, se estima que la pensión media de incapacidad permanente pueda aumentar casi 100 euros al mes. La pensión media de incapacidad en 2022 es de 1.019 euros; mientras que se espera que se sitúe en 1.106 euros en 2023, una vez que se aplique la revalorización de las pensiones contributivas en torno al 8,5%.

Un incremento de casi 100 euros. Con esta subida, la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha recalcado la promesa del gobierno de España con sus pensionistas y que su pensión subirá como marca la ley y el Pacto de Toledo: con el IPC. “La dignidad de un país se mido por cómo trata a sus mayores...y este Gobierno cumplirá con la ley y las revalorizará con el IPC”, ha puntualizado.

Cuantía máxima

Todos los años el gobierno de España fija la cuantía máxima de pensión a las que pueden acceder aquellas personas con cotizaciones muy elevadas o que perciban una o varias pensiones contributivas a la vez. En 2022, la cuantía estaba fijada en los 39.468,77 euros anuales que repartidas en 14 pagas son, 2.819,19 euros mensuales.

Ahora en 2023 y con la subida que aprobará el gobierno en los PGE, esta pensión máxima se situará en los 42.822 euros anuales, que repartidos en 14 pagas (12 mensualidades más 2 extraordinarias) quedará en los 3.058,71 mensuales.

Cuantía mínima

Al igual que el gobierno de España fija una cuantía máxima para la pensión en los PGE, también se establece una cuantía mínima para cada una de las categorías de las pensiones contributivas que contempla el sistema español. Estas quedarían:

La Incapacidad Permanente por Gran Invalidez se produce cuando el trabajador necesita permanentemente la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. Las pensiones por Gran Invalidez para 2023 quedarán fijadas de la siguiente forma:

  • Con cónyuge a cargo: 1.449,34 euros.
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 1.174,62 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 1.114,83 euros.

La Incapacidad Permanente Absoluta inhabilita al trabajador para realizar cualquier profesión. En el caso de la Incapacidad Permanente Total, inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta. Las diferentes pensiones quedan así:

  • Con cónyuge a cargo: 966,18 euros.
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 783,04 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.

Si la incapacidad es absoluta o total y tienes entre 60 y 64 años, se han establecido las siguientes prestaciones:

  • Con cónyuge a cargo: 905,86 euros.
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 732,59 euros.
  • Con cónyuge NO a cargo: 692,44 euros.

Si tienen una edad de entre los 60 y 64 años, cobrarían 893,34 euros mensuales en el caso de tener un cónyuge a cargo; 675,20 euros mensuales, si no tienen, y 722,46 euros mensuales en caso de tener cónyuge pero no a cargo.

Si la incapacidad es total derivada de una enfermedad común y se da en una persona menor de 60 años, las prestaciones se establecen así:

  • Con cónyuge a cargo: 577,22 euros.
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 577,22 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 572,22 euros.

Si hablamos de la pensión Parcial del Régimen derivada de un Accidente de Trabajo, y la persona tiene 65 años, las prestaciones de jubilación quedan de la siguiente manera:

  • Con cónyuge a cargo: 966,19 euros.
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 783,04 euros.
  • Con cónyuge no a cargo: 743,22 euros.