Economía

Un abogado laboralista lo confirma: “Si no te han avisado con antelación las horas extra son voluntarias”

El usuario de TikTok @laboral_tips aclaró aspectos relevantes sobre los cambios de horario en la jornada, y de la bolsa de horas de trabajo que emplean algunas empresas.

Un abogado laboralista lo confirma: “Si no te han avisado con antelación las horas extra son voluntarias”
TikTok @laboral_tips / Pixabay
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La conciliación de la jornada laboral con la vida familiar es fundamental para los trabajadores, especialmente para aquellos con una jornada laboral que no esté regida con turnos de trabajo fijos y que estén sometidos a cambios frecuentes.

Acerca de esta cuestión, el abogado laboralista @laboral_tips mencionó en TikTok hasta tres cambios que la empresa no puede hacer con los horarios de los trabajadores. El primero de ellos, los cambios que se efectúan “de hoy para mañana”. En este sentido, el experto aclaró que la compañía debe dar el horario “con un mínimo de antelación”.

También sostuvo que, con un preaviso de cinco días, “si te puede modificar ese horario e incluso, puede hacerte trabajar más horas”, lo que se denomina distribución irregular de la jornada. No es el único. El segundo es la conocida “bolsa de horas”, es decir, hacen que te vayas antes con antelación algún día que interese cuando no hay mucho trabajo o, por el contrario, si hay mucho trabajo, hacerte quedar para devolver esa falta de horas.

Para el abogado, esa bolsa de horas es ilegal. “Si te vas antes porque no hay trabajo, no se puede en virtud del artículo 30 del Estatuto. Tu empresa no puede hacer que debas esas horas. Teóricamente se las tiene que comer con patatas, y tú podrías no tener que devolverlas”. Incluso cuando haya más trabajo, tampoco pueden obligarte a quedarte. “Si no te han avisado con antelación, las horas extra son voluntarias artículo 35 del Estatuto”.

Bajada de horas en la jornada laboral

Luego, mencionó el caso de que la empresa suba o baje de horas. En este caso, mencionó que no puede bajar de horas si el trabajador tiene contrato a tiempo completo, e incluso con uno parcial a menos de 40 horas “tampoco te pueden modificar como se les antoje”. Con un contrato a jornada completa, bajar a menos de 40 horas sería un cambio que es una novación contractual. “Requiere tu aceptación y firma. Si no lo haces, no te pueden bajar de horas y puedes reclamar al juez volver a tu jornada de siempre”, aclaró el experto.

@laboral_tips

⚠️ 3 cambios ilegales en tu horario que tu empresa NO puede hacer Muchas empresas hacen cambios en la jornada pensando que el trabajador no conoce sus derechos. Pero no todo vale. 📌 1️⃣ Cambiarte el horario de un día para otro Si la empresa aplica una distribución irregular de la jornada, debe preavisarte con al menos 5 días. 👉 Lo dice el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. 📌 2️⃣ Mandarte a casa antes y obligarte a recuperar las horas otro día Esto es ilegal. Si no hay trabajo, la empresa debe pagarte igualmente esas horas. 👉 Artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores. Además, obligarte a recuperarlas otro día supone hacer horas extra, y las horas extra son voluntarias. 👉 Artículo 35 ET. 📌 3️⃣ Bajarte o subirte las horas de trabajo sin tu consentimiento Si te pasan de jornada completa a parcial, es una novación contractual y tienes que firmar un nuevo contrato. 👉 Artículo 12 ET. Y si trabajas a tiempo parcial (por ejemplo 30 horas) y te bajan a 20: 👉 es una modificación sustancial de condiciones de trabajo. Puedes: ✔️ Aceptarlo ✔️ O extinguir tu contrato con indemnización y paro 👉 Artículo 41.3 ET. ⚖️ Que no te engañen. 💬 Si tu empresa ha hecho alguno de estos cambios, cuéntamelo en comentarios. 📩 O escríbeme por mensaje privado y reviso tu caso. #horario #contrato #trabajo

♬ sonido original - Un Tío Legal

En el caso de los contratos parciales a 30 horas, en caso de bajada de horas, son cambios que representan una modificación sustancial del contrato. “Tienes derecho a aceptarlo si te da la gana, o intentar ir a los tribunales porque sabes que los motivos que te dicen son ilegales”, dijo el abogado, que aclaró el procedimiento que debe seguir la empresa para poder efectuar ese cambio.

Última vía

“Para hacer esa bajada, deberían hacerlo con una carta con causas justificadas y un preaviso de 15 días en virtud del artículo 41 del Estatuto”. También mencionó una última vía, que pasaría porque el trabajador decida irse de la empresa con indemnización y paro.

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El experto sostuvo que el 41.3 del Estatuto da derecho a extinguir el contrato con indemnización con 20 días de salario. “Te puedes ir al paro si la medida te afecta de manera negativa”.

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