La desorbitada multa de Hacienda por no declarar los bizum
Si la infracción se considera como “muy grave”, y la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, la multa será del 150% de la cantidad no declarada.

Bizum es uno de los servicios más utilizados a día de hoy para efectuar pagos, transferencias de dinero entre particulares y, a partir de este año, será un nuevo método de pago para pagar la Declaración de la Renta si el resultado sale a pagar.
En el caso de las transferencias bancarias, la Agencia Tributaria vigilará todos los movimientos e incluso pedirá que se declaren aquellos cuya cantidad sea superior a 10.000 euros. Un límite que se establece tanto para particulares, como para los emprendedores que realicen transacciones comerciales. Los límites fijados para el envío de dinero por Bizum son de 2.000 euros para un día, y de 5.000 euros en un mes.
También cabe mencionar las sanciones que puede imponer el fisco si se detecta alguna irregularidad en los movimientos. La cuantía de las multas varían en función de la infracción cometida. Si esta es considerada como leve, la sanción puede ser de hasta 3.000 euros, más un recargo de hasta el 50% de la cantidad que se dejó de ingresar.
Sin embargo, pueden ser consideradas como graves, si la base de la sanción supera los 3.000 euros o un 50% de la misma, o muy graves. Este último es el peor de los escenarios en caso de defraudar dinero a Hacienda. Estas suponen el 150% de la cantidad no declarada, y pueden ser constitutivas de delito fiscal si la cantidad defraudada supera los 120.000 euros.
Otras operaciones
La barrera de los 10.000 euros no es la única que se debe tener en cuenta en lo que respecta a las transacciones financieras. Otros que cabe resaltar son los 3.000 euros en caso de las transferencias de dinero en efectivo, el límite de 6.000 euros para préstamos y créditos, y los movimientos de efectivo con billetes de 500 euros.
En este sentido, los bancos comunican a Hacienda el saldo de tu cuenta a final de año, los intereses que se han generado y también tus inversiones. Estas inversiones incluyen desde los depósitos hasta los fondos de inversión, pasando por acciones, operando así bajo el amparo de la ley 7/2012, de 29 de octubre, por la cual se modificó la normativa tributaria en la lucha contra el fraude
La finalidad principal es combatir ilegalidades como el fraude fiscal o el blanqueo de capitales. Por tanto, el ciudadano debe saber que ciertas operaciones bancarias, aunque procedan de actividades perfectamente lícitas, pueden hacer saltar las alarmas en el fisco.
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