Hacienda lo confirma para los recién casados: es obligatorio pagar el Impuesto de Donaciones por los regalos de boda
El dinero en efectivo, las transferencias bancarias y los regalos en especie se consideran donaciones cuando se entregan como regalos de boda.

Organizar una boda supone todo un reto no solo logístico, sino también a nivel económico. El precio medio de una boda suele rondar los 21.000 euros, según un estudio realizado por Bodas.net y del que se hizo eco BBVA.
Pocas cosas pueden faltar por parte de los invitados que los regalos. Dinero en efectivo, transferencias bancarias, tarjetas regalo, experiencias de diversa índole y regalos personalizados son solo algunos de ellos. Siempre existen dudas acerca de la obligatoriedad de declarar al erario público estos obsequios.
Cabe destacar que, para Hacienda, los regalos de boda se consideran legalmente como una donación y, por tanto, están sujetos al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, la obligación de declarar dependerá también dependerá de factores tales como la cantidad recibida, el parentesco con quien te regala y la comunidad autónoma.
Es decir, a mayor cercanía de parentesco, menor suele ser el impuesto gracias a reducciones y bonificaciones autonómicas, mientras que cuanto más lejana sea la relación, el gravamen tiende a incrementarse. Además, comunidades como Madrid, Andalucía, Murcia o La Rioja ofrecen bonificaciones del 99%.
Movimientos y sanciones
La Agencia Tributaria antiene bajo vigilancia determinados movimientos que superan ciertos umbrales. Hacienda se fija, entre otros, en aquellas cantidades que sean superiores a 10.000 euros si se trata de transferencias bancarias, cifra a partir de la cual el banco debe notificar al fisco.
Además, también se monitorizan ingresos en efectivo igual o superiores a 3.000 euros, sobre todo si se ingresa en efectivo billetes de 500 euros. Para realizar la declaración del impuesto, se debe presentar el modelo 651 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en un plazo de seis meses desde la boda o desde la recepción del regalo.
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No declarar los regalos de boda si existe la obligatoriedad, puede derivar en sanciones económicas importantes, que pueden oscilar entre el 50% y 150% del importe no declarado , e incluso del 150% si el erario público entiende que existen prácticas fraudulentas.
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