Declaración de la Renta 2024-25 por Internet: ¿cuándo se abre el plazo para presentarla?
Los plazos pueden variar en función de la modalidad que se elija, aunque la ficha límite común para presentar la declaración es el 30 de junio.

Este 2 de abril comienza la Declaración de la Renta 2024-25, que se entrega en este 2025. Como cada año, debemos prestar atención a todo aquello que pueda afectar a la tributación y estudiar las posibles deducciones que se pueden aplicar.
Por otra parte, según el calendario de la Renta para el contribuyente, que se puede consultar en la Agencia Tributaria, el plazo se iniciará, como de costumbre, en el mes de abril. Pero las fechas varían según la forma en la que se quiera presentar la declaración.
Por internet
En primer lugar, el plazo para presentar la declaración por internet se abre este 2 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. Durante este periodo, los contribuyentes tendrán acceso al borrador para modificar y presentar la declaración de forma telemática, a través del programa Renta Web.
Para la modalidad online no se requiere cita previa, pero sí el DNI electrónico, el certificado electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia para acceder a la página web. La Agencia Tributaria aclara que los dos primeros son válidos para todos los modelos, ya sea por parte de personas físicas, representantes de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. Sin embargo, solo las personas físicas podrán utilizar el sistema de Cl@ve PIN y el número de referencia. Este último lo podemos obtener en el portal de la Agencia Tributaria introduciendo una serie de datos personales.
Por teléfono
Para confeccionarla por teléfono, el plazo empezará el 6 de mayo y se prolongará hasta el 30 de junio. La solicitud de cita abrirá el día 29 de abril y llegará hasta el 27 de junio.
Para pedir cita previa por teléfono, hay que llamar a cualquiera de los siguientes números:
- 901 121 224
- 915 357 326 o 901 223 344
- 915 530 071
De forma presencial
Por su parte, para hacer la declaración presencialmente en algunas de las oficinas, habrá que esperar al mes de junio. Será del 2 al 30 de junio cuando se podrá acudir a una de ellas. Eso sí, habrá que hacerlo con cita previa, que se podrá pedir desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio, llamando a los números antes mencionados.
No importa cómo prefiramos presentar la declaración, pero debemos hacerlo dentro del plazo establecido para evitar sanciones o multas. Si el vencimiento del plazo cae en una fecha que sea festiva a nivel local o autonómico, este pasa al primer día hábil siguiente al señalado en el calendario.