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ATLETISMO

Un juez de Palencia impide a la IAAF usar los análisis de Marta

La atleta interpuso una demanda de protección de derechos fundamentales contra la Real Federación Española de Atletismo y la Asociación Internacional.

Actualizado a
José Rodríguez y Marta Domínguez.

La Federación Internacional de Atletismo (IAAF) no podrá usar los datos biológicos obtenidos con los análisis de sangre de Marta Domínguez ni los informes periciales procedentes de los mismos datos, según la medida cautelar dictada por el Juzgado número 7 de Palencia, donde la atleta interpuso una demanda de protección de derechos fundamentales a la Federación Española (RFEA) y a la propia IAAF.

El juez denegó en abril la medida cautelar, porque la RFEA acababa de absolver en marzo a la atleta de su caso por valores anómalos en el pasaporte biológico entre el 5 de agosto de 2009 y el 4 de enero de 2013. El escenario ha cambiado desde entonces, después de que la IAAF recurriera la resolución ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).

Tras la vista celebrada el 27 de agosto, el Juzgado ha decidido ordenar a la IAAF "que se abstenga temporalmente de utilizar los datos obtenidos en los análisis de sangrerealizados a la demandante (…), todo ello hasta la resolución definitiva". Y añade que “la utilización de los datos hematológicos dificultan que se haga efectiva la tutela que se pretende en el procedimiento principal”. Aún no hay fecha del juicio para resolver la demanda.

La IAAF considera que el conducto para resolver el caso es la justicia deportiva internacional y ha ignorado el proceso de Palencia. Cuando recibió la demanda en español solicitó la traducción al inglés o al francés, que también se le hizo llegar. La defensa de Marta entiende por ello que la IAAF está informada del asunto, aunque no haya dado señales de vida en el tribunal.

La IAAF, e incluso el TAS, podrían hacer caso omiso al juez y continuar con la vía deportiva, al interpretar que la justicia española no es vinculante para ellos ni puede cuestionar sus reglamentos. Hay precedentes, como ocurrió con Alejandro Valverde, aunque entonces la sentencia ignorada procedía de un juzgado de lo penal. La defensa de Marta sí considera que el dictamen es de obligado cumplimiento para estos órganos internacionales.