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ELECCIONES A LA FEF

El CSD vuelve a rechazar el reglamento electoral de Villar

Ha tomado esta decisión por no reflejar la distribución inicial del número de representantes asignado a cada circunscripción por especialidad y por estamento.

Actualizado a
El CSD vuelve a rechazar el reglamento electoral de Villar
© Carlos RosilloEL PAÍS

La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes se ha reunido hoy para aprobar los reglamentos que regularán los procedimientos electorales de tres federaciones deportivas españolas, así como la modificación estatutaria de la Federación Española de Halterofilia.

Los tres reglamentos electorales que han sido aprobados por la Comisión Directiva del CSD y que, tras el informe positivo del TAD sobre su cumplimiento de la Orden Ministerial, certifican la puesta en marcha de los procesos electorales son los de la Federación Española de Esquí Náutico, la Real Federación Española de Tiro con Arco y la Real Federación Española de Tiro Olímpico. También han recibido el visto bueno la modificación estatutaria y el Reglamento General de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

Rechazado el proyecto de Reglamento Electoral de la RFEF

Por otra parte, la Comisión Directiva del CSD ha rechazado la aprobación del proyecto de Reglamento Electoral de la Real Federación Española de Fútbol al no reflejar la distribución inicial del número de representantes asignado a cada circunscripción por especialidad y por estamento. En relación con la asignación de los representantes de clubes no profesionales de la especialidad principal, han de asignarse tres representantes a la circunscripción de Andalucía, y atribuir un representante a Ceuta y Melilla que deberá ser elegido en una circunscripción agrupada. Y por lo que se refiere a la distribución inicial de representantes de futbolistas de la especialidad principal que participan en competiciones no profesionales, los representantes del citado colectivo, aunque el número total de futbolistas que son miembros de la Asamblea General ascienda a treinta y dos (32), la elección de los diecinueve (19) representantes de deportistas que no participan en competición profesional, se realiza en una circunscripción propia, separada y distinta, en la que no se integran ni computan los representantes de los trece (13) futbolistas que participan en competición profesional.

Dado que la RFEF dispone de 19 circunscripciones electorales y para poder articular a través de circunscripciones electorales autonómicas la elección de deportistas que no participan en competición profesional, este colectivo debería elegir un número de representantes que sea superior en más de un 50% al número de circunscripciones; esto es, debería tener asignado un número de 29 representantes.

Así, cada vez es más complicado que las elecciones a la FEF, programadas para el próximo 20 de diciembre, se celebren en 2016. La ley dice que en año olímpico deben celebrarse en el primer cuatrimestre, algo imposible ya. Ahora, tampoco parece probable que sean ni siquiera este año.

En relación con la aprobación o modificación de Estatutos y Reglamentos de Ligas Profesionales, la Comisión Directiva ha aprobado la modificación de los Estatutos de la Liga Nacional de Fútbol Profesional y la modificación del Libro III del Reglamento General de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

Por último, La Comisión Directiva ha aprobado la inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas de una nueva Sociedad Anónima Deportiva, C.D. Marbella Fútbol Club S. A. D.