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ATLÉTICO

Madrid recurre el fallo del proyecto Mahou-Calderón

El Ayuntamiento considera que la sentencia del TSJM, que impide construir edificios de más de cuatro plantas en dicho ámbito, se basa en un plan de urbanismo erróneo.

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El Ayuntamiento de Madrid presentará hoy recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que declaró que los edificios que se construyan en el ámbito Mahou-Calderón no pueden tener más de cuatro plantas, han indicado fuentes municipales.

Por su parte, el Atlético de Madrid, según informaron hoy a EFE fuentes del club, no ha recurrido ni va a recurrir la sentencia del TSJM.

La entidad rojiblanca ya anunció, en el momento que se conoció la decisión del tribunal sobre la operación Mahou-Calderón, que no afectaba en nada a la construcción de su nuevo estadio.

El recurso del Ayuntamiento se basa en que la ley autonómica en que se fundamenta la sentencia, que estableció que en los nuevos desarrollos urbanísticos no se pueden construir edificios con más de tres plantas más ático, no afecta a este ámbito.

La razón es que ley regional de modernización de la Administración de 2007, que modificó la Ley del Suelo para incorporar esa limitación, establece en una disposición transitoria que solo es aplicable a los planes que no hubieran superado el trámite de aprobación provisional en el momento de entrada en vigor de la nueva ley.

Y en el caso del ámbito Mahou-Calderón, el Ayuntamiento considera que ya estaba previsto anteriormente, en concreto en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997.

El consistorio madrileño ha decidido presentar este recurso, en el último día del plazo legal, a pesar de que la Comunidad de Madrid, parte igualmente afectada por el fallo del TSJM, ha preferido no hacerlo.

El TSJM estimó parcialmente el recurso presentado por la asociación Señales de Humo, que impugnaba la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid para aprobar la operación Mahou-Calderón, que supone la demolición de ambos edificios y, en su lugar levantar viviendas, zonas verdes e instalaciones de uso terciario.

En la sentencia, que desestimó otras peticiones de Señales de Humo, el Tribunal no encuentra elementos que permitan establecer excepciones a la normativa general de que los nuevos desarrollos urbanísticos han de tener tres plantas más ático.

El Gobierno regional aprobó en diciembre de 2009 la modificación puntual del PGOU madrileño para permitir el derribo de la cervecera Mahou, el del estadio del Atlético de Madrid y, en su lugar, levantar zonas verdes, viviendas, instalaciones de uso terciario y terminar de soterrar la M-30.

La semana pasada, el vicealcalde de Madrid, Miguel Ángel Villanueva, se limitó a decir que el Ayuntamiento estudiaba con los promotores del ámbito -la cervecera y el Atlético de Madrid- concentrar parte de la edificabilidad prevista en esta zona en varios edificios singulares que sí podrían exceder las cuatro alturas que marca la Ley regional del Suelo.

Tras conocer la sentencia, el Gobierno regional hizo público que no pensaba recurrir la sentencia. Por su parte, un portavoz de la empresa FCC, implicada en el proceso constructor, ha dicho a Efe que no son "parte en el procedimiento judicial", por lo que no pueden llevar a cabo iniciativa alguna.

El acuerdo de esta empresa es con el Atlético de Madrid y con la cervecera Mahou.

Mientras tanto, un portavoz de Mahou ha declinado hacer comentarios sobre el actual proceso.