Subsidio único de 452€ del SEPE: requisitos, quiénes lo cobrarían y cuándo podría llegar la ayuda
Entrará en vigor el próximo 2022 y está dirigido a aquellas personas que agoten la prestación contributiva y sigan en situación de desempleo.
La relajación de las medidas frente al coronavirus y la reapertura de los diferentes sectores de la economía ha hecho que el mercado laboral, poco a poco, se vaya recuperando tras más de un año de pandemia con constantes cierres. La llegada de este verano y el proceso de vacunación tan avanzada que presenta España han provocado que el mercado laboral vaya recuperando su normalidad, haciendo que abril cerrara con un menor número de parados, que, sin embargo, sigue siendo elevado.
Según los últimos datos tramitados por Trabajo, el número de desempleados se redujo en 39.012 personas y la afiliación a la Seguridad Social creció en 134.396 cotizantes -siendo la menor subida desde el pasado 2014-. Con estos datos, España sigue cerca de los 4 millones de desempleados: 3.910.628 personas.
Ante esta situación, el Ministerio de Trabajo y Economía Social plantea la creación de una nueva prestación, un subsidio que se sumaría a los ya existentes, una “complementaria de la protección contributiva, que proteja la situación de transición al empleo”. Es decir, esta nueva prestación se intentaría añadir al subsidio ordinario por agotamiento las modalidades extraordinarias y se haría de manera coordinada con el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
¿Cuándo entraría en vigor y quién puede optar a ella?
Esta nueva ayuda entraría en vigor a partir de 2022 y su cuantía corresponderá al 80% del Iprem. Es decir, este subsidio supondrá unos 451,90 euros al mes, según el Iprem de este 2021. Podrán optar a esta ayuda aquellas personas que agoten la prestación contributiva y sigan en situación de desempleo. También podrán optar a esta ayuda aquellos que acrediten más de seis y menos de 12 meses cotizados, por lo que no pueden optar al paro.
La duración de esta prestación dependerá de la edad del solicitante, así como la situación familiar y a duración de la prestación agotada. Para optar a esta ayuda se tendrá que presentar la acreditación de carencia de rentas individuales. En otros casos también serán necesarias las responsabilidades familiares, además del compromiso y cumplimiento de un itinerario personalizado de empleo ante el servicio público de empleo competente.
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